Page 52 - 047 Santa María Texcatitlán
P. 52

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/235/2023, se notificó el día 21 de agosto de 2023,
                                                  los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un
                                                  plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes

                                                  Una vez fenecido el plazo del proceso de aclaraciones y justificaciones, el Municipio de Santa María
                                                  Texcatitlán, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, hizo caso omiso, sin que haya presentado documentación
                                                  justificativa y aclaratoria; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
                                                  determina que subsiste la observación; por lo que se emite:

                                                  Solicitud de Aclaración.
                                                  2022-OA/CPM/047/2023-SA-005
                                                  Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Texcatitlán, Distrito de
                                                  Cuicatlán, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                  documentación que justifique o aclare respecto a la observación de la obra pública no registrada en
                                                  Programas Presupuestarios, relativo a:

                                                  Se constató que la Entidad Fiscalizable presentó a requerimiento el Convenio para el otorgamiento de
                                                  un subsidio en materia de pavimentación de caminos a cabeceras municipales, que celebran por una
                                                  parte el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
                                                  representada por su titular, Ing. Jorge Arganis Díaz Leal, asistido por el Subsecretario de Infraestructura,
                                                  Lic. Jorge Nuño Lara y el Director General del Centro de SCT Oaxaca, Ing. José Luis Chida Pardo y con
                                                  la participación del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), representado por el Lic. Adelfo
                                                  Regino Montes, en su carácter de Director General y por la otra parte, el Municipio de Santa María
                                                  Texcatitlán, representado por el C. Herminio Hernández Cruz y la C. Silvia Hernández Colmenarez,
                                                  en su carácter de Presidente Municipal y Síndica Municipal, así como el Secretario de Finanzas del
                                                  Gobierno del Estado de Oaxaca, Lic. Jorge Antonio Hidalgo Tirado, como testigo. Además, presentó
                                                  Acta de supervisión de la obra motivo de la ejecución de la misma. Lo anterior, derivado de la Orden
                                                  de Auditoría de Desempeño número OA/CPM/047/2023, de fecha 09 de febrero de 2023.

                                                  Sin embargo, la Entidad Fiscalizable no presentó ante el extinto Órgano Superior de Fiscalización
                                                  del Estado de Oaxaca ahora Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, información
                                                  y documentación comprobatoria, relativa a la aplicación y ejecución de los recursos recibidos del
                                                  Convenio Pavimentación de Caminos a Cabeceras Municipales; así como tampoco presentó
                                                  expedientes técnicos de obra; por otra parte, se constató que en el reporte de Relación de Obras en
                                                  Proceso y Terminadas, no existe registro alguno del proyecto denominado “Pavimentación de caminos
                                                  a la Cabecera Municipal del Municipio de: SANTA MARIA TEXCATITLAN, Camino: SANTA MARIA
                                                  TEXCATITLAN – E.C.(SAN PEDRO JALTEPETONGO – TOMELLIN) DEL KM 0+000 AL KM 10+560,
                                                  Tramo a ejecutar: DEL KM 8+910 AL KM 10+560”, por la cantidad de $6,765,000.00 (Seis millones
                                                  setecientos sesenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), proveniente del Programa Presupuestario
                                                  U004 “Mejora en la conectividad municipal a través de caminos rurales y carreteras alimentadoras”,
                                                  en el Ramo 09 Comunicaciones y Transportes del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022.

                                                  Por lo anterior, se observó que la Entidad Fiscalizable no registró la obra en un Programa Presupuestario
                                                  autorizado en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022, asimismo, omitió la
                                                  integración de la información sobre la ejecución del recurso proveniente del convenio especificado
                                                  anteriormente en la Cuenta Pública Municipal correspondiente al periodo auditado.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
                                                  Artículo 134 párrafo primero; Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas,
                                                  Artículos 71 y 72; Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículo 71; Ley Orgánica
                                                  Municipal del estado de Oaxaca, Artículos 68 primer párrafo fracciones X y 126 QUATER
                                                  fracciones I, III, VIII y X; Ley de obras públicas y servicios relacionados del estado de Oaxaca,
                                                  Artículos 62 y 63 fracciones I y II; lo que a la letra dice:

                                                  50
   47   48   49   50   51   52   53   54   55   56