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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 Se verificó que con relación al uso de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF), la Entidad
Fiscalizable ejecutó proyectos de incidencia complementaria por un importe de $3,913,279.00 (Tres
millones novecientos trece mil doscientos setenta y nueve pesos 00/100 M.N.), equivalente al
100.00% del total del recurso ejercido; rebasando el 60% como máximo establecido y sin ejercer en
obras de incidencia directa.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, Artículo 33 apartado A,
fracción I; Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social, Numeral 2.3 Planeación y ejecución de los recursos del FAIS párrafo
primero; lo que a la letra dice:
Ley de Coordinación Fiscal
Artículo 33 apartado A, fracción I: “Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica
del sector salud y educativo, mejoramiento de vivienda, así como mantenimiento de infraestructura, conforme a lo señalado en el catálogo de
acciones establecido en los Lineamientos del Fondo que emita la Secretaría de Desarrollo Social.”.
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social
Numeral 2.3 Planeación y ejecución de los recursos del FAIS párrafo primero: “Los gobiernos locales y de las entidades federativas
podrán planear hasta un 100% de sus recursos del FAIS en obras de incidencia directa. Para el caso de obras de incidencia complementaria
podrán planear hasta el 60% de sus recursos del FAIS.”.
RESULTADO: AD-06 CON OBSERVACIÓN
DE LA OBRA PÚBLICA NO REGISTRADA EN PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
Se constató que el ente fiscalizado presentó a requerimiento el Convenio para el otorgamiento de un
subsidio en materia de pavimentación de caminos a cabeceras municipales, que celebran por una
parte el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
representada por su titular, Ing. Jorge Arganis Díaz Leal, asistido por el Subsecretario de Infraestructura,
Lic. Jorge Nuño Lara y el Director General del Centro de SCT Oaxaca, Ing. José Luis Chida Pardo y con
la participación del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), representado por el Lic. Adelfo
Regino Montes, en su carácter de Director General y por la otra parte, el Municipio de Santa María
Texcatitlán, representado por el C. Herminio Hernández Cruz y la C. Silvia Hernández Colmenarez,
en su carácter de Presidente Municipal y Síndica Municipal, así como el Secretario de Finanzas del
Gobierno del Estado de Oaxaca, Lic. Jorge Antonio Hidalgo Tirado, como testigo. Además, presentó
Acta de supervisión de la obra motivo de la ejecución de la misma. Lo anterior, derivado de la Orden
de Auditoría de Desempeño número OA/CPM/047/2023, de fecha 09 de febrero de 2023.
Sin embargo, el ente fiscalizado no presentó ante el extinto Órgano Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca ahora Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, información
y documentación comprobatoria, relativa a la aplicación y ejecución de los recursos recibidos
del Convenio Pavimentación de Caminos a Cabeceras Municipales; así como tampoco presentó
expedientes técnicos de obra; por otra parte, se constató que en el reporte de Relación de Obras en
Proceso y Terminadas, no existe registro alguno del proyecto denominado “Pavimentación de caminos
a la Cabecera Municipal del Municipio de: SANTA MARIA TEXCATITLAN, Camino: SANTA MARIA
TEXCATITLAN – E.C.(SAN PEDRO JALTEPETONGO – TOMELLIN) DEL KM 0+000 AL KM 10+560,
Tramo a ejecutar: DEL KM 8+910 AL KM 10+560”, por la cantidad de $6,765,000.00 (Seis millones
setecientos sesenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), proveniente del Programa Presupuestario
U004 “Mejora en la conectividad municipal a través de caminos rurales y carreteras alimentadoras”,
en el Ramo 09 Comunicaciones y Transportes del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022.
Por lo anterior, se observó que el ente fiscalizado no registró la obra en un Programa Presupuestario
autorizado en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022, asimismo, omitió la
integración de la información sobre la ejecución del recurso proveniente del convenio especificado
anteriormente en la Cuenta Pública Municipal correspondiente al periodo auditado.
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