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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  un Órgano Interno de Control Municipal ni contar con lo que se enuncia a continuación: contar
                                                  con un código de ética expedido y/o reformado por el ayuntamiento, con un código de conducta,
                                                  tener establecida una comisión de rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información,
                                                  establecer un comité de contraloría social municipal. Asimismo, no acreditó contar con disposiciones
                                                  relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes
                                                  muebles e inmuebles; contar con un manual de organización y un manual de procedimientos, con
                                                  bando de policía y gobierno, con un reglamento interno del municipio y reglamentos municipales,
                                                  contar con un manual o documento de naturaleza administrativa en materia de recursos humanos,
                                                  que considere las actividades de selección, contratación, capacitación, evaluación al desempeño,
                                                  incentivos y separación del personal, ni haber capacitado al personal en materia de legalidad, ética y
                                                  calidad en el servicio público.

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca, Oaxaca, realizar
                                                  las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
                                                  al componente ambiente de control, el cual tiene la finalidad de proporcionar disciplina y estructura
                                                  para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales a través de la implementación
                                                  de un Órgano Interno de Control Municipal, así como contar con un código de ética expedido y/o
                                                  reformado por el ayuntamiento, con un código de conducta, tener establecida una comisión de
                                                  rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información, establecer un comité de contraloría
                                                  social municipal. Asimismo, contar con disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos
                                                  y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles, con un manual de
                                                  organización y un manual de procedimientos, con bando de policía y gobierno, con un reglamento
                                                  interno del municipio y reglamentos municipales, así como contar con un manual o documento de
                                                  naturaleza administrativa en materia de recursos humanos, que considere las actividades de selección,
                                                  contratación, capacitación, evaluación al desempeño, incentivos y separación del personal, capacitar
                                                  al personal en materia de legalidad, ética y calidad en el servicio público; además de, cumplir con
                                                  las obligaciones, así como con las recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier
                                                  normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de
                                                  Combate a la Corrupción.

                                                  ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

                                                  Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
                                                  componente de administración de riesgos, se determinó un puntaje alcanzado de 2.9 de un total de
                                                  20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que la Entidad
                                                  Fiscalizable no acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, lo que
                                                  se enlista a continuación: contar con un programa anual de la administración pública municipal, en
                                                  los que se establezcan los mecanismos para la ejecución de obras y la prestación de los servicios
                                                  públicos a cargo del ayuntamiento; la programación, presupuestación y asignación de los recursos
                                                  se realiza con base en los objetivos estratégicos establecidos por el municipio, en el programa de
                                                  la Administración Pública Municipal, contar con una área formalmente establecida que realice las
                                                  funciones de promover y ejecutar la elaboración, actualización, control y evaluación del Plan
                                                  Municipal de Desarrollo y sus programas, con una área encargada de identificar, analizar y evaluar
                                                  los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo;
                                                  asimismo, no acreditó evaluar los posibles actos de corrupción, fraude, abuso y otras irregularidades
                                                  que atenten contra la salvaguarda de los bienes y recursos públicos, tampoco planeó acciones ante
                                                  los cambios internos o externos, que afecten el buen funcionamiento del control interno.

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca, Oaxaca, realizar
                                                  las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
                                                  al componente de administración de riesgos, el cual tiene la finalidad de evaluar los riesgos a los que
                                                  se enfrenta la institución en la procuración del cumplimiento de sus objetivos, a fin de proporcionar
                                                  las bases para identificar los riesgos, analizarlos, catalogarlos, priorizarlos y desarrollar respuestas
                                                  que mitiguen su impacto, incluyendo los riesgos de corrupción; a través de un programa anual de la

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