Page 32 - 048 Santiago Ihuitlán Plumas
P. 32
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Artículo 68 párrafo primero fracciones IX y X: “El Presidente Municipal, es el representante político y responsable directo de la
administración pública municipal, encargado de velar por la correcta ejecución de las disposiciones del Ayuntamiento, con las siguientes
facultades y obligaciones:”; IX: “Proponer al Ayuntamiento los proyectos de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos con base en la
perspectiva de género y atendiendo a los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia
y honradez, igualdad y no discriminación, así como a los presupuestos realizados por las comisiones, de conformidad con la fracción VII del
artículo 55 de esta Ley y 24 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca;”; y X: “Vigilar la recaudación de ingresos en todos
los ramos de la administración pública municipal, con apego a lo dispuesto en la Ley de Ingresos Municipales, inspeccionar los fondos de la
hacienda pública municipal, supervisar que la inversión de los recursos municipales se hagan con estricto apego al presupuesto de egresos
y a las leyes correspondientes y a los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y
honradez, y en su caso, autorizar los estados financieros del Municipio;”.
Artículo 95 párrafo primero, fracción VIII: “Son atribuciones del Tesorero Municipal:”; VIII: “Llevar con total transparencia la contabilidad,
el control del presupuesto de egresos con enfoque a resultados y elaborar la cuenta pública general que debe presentar el Ayuntamiento al
Congreso del Estado; acompañando los estados financieros mensuales y los documentos necesarios para comprobar la conformidad de los
ingresos y gastos con las partidas de presupuesto, y la justificación de ellos.”.
Artículo 127: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios constitucionales
de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de incorporar la perspectiva
de género, con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para la igualdad entre
hombres y mujeres, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de
partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal. Tratándose del inicio del
Gobierno Municipal, el Ayuntamiento entrante deberá ratificar o, en su caso realizar las modificaciones al Presupuesto de Egresos autorizado
por el Ayuntamiento saliente, a más tardar el quince de febrero. El presupuesto de egresos deberá ser aprobado por mayoría calificada y
deberá remitirse copia al Congreso del Estado a través del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca para su conocimiento y
fiscalización.”.
Artículo 128 último párrafo: “Las modificaciones que sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este
artículo, seguirán el mismo procedimiento que para su aprobación.”.
Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado o en la Gaceta Municipal.”.
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
El H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca,
Oaxaca, reportó en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2022, tres Programas
Presupuestarios a través de obras y acciones con un presupuesto total modificado de
$4,769,794.74 (Cuatro millones setecientos sesenta y nueve mil setecientos noventa y
cuatro pesos 74/100 M.N.), de los cuales se ha seleccionado como muestra de auditoría la
revisión de 2 Programas Presupuestarios: “Vivienda y Servicios Básicos”, así como “Gobierno
Moderno”. Estos Programas Presupuestarios corresponden a obras y acciones, por el importe total
de $4,238,353.23 (Cuatro millones doscientos treinta y ocho mil trescientos cincuenta
y tres pesos 23/100 M.N.); el cual representa el 88.86% del presupuesto total modificado
reportado por la Entidad Fiscalizable.
Por lo anterior, de los 2 Programas Presupuestarios seleccionados como muestra de auditoría, se
verificó el grado de cumplimiento de los objetivos y metas, además, se analizó si estos se ejecutaron
de conformidad con los principios de economía, eficiencia y eficacia, obteniéndose los siguientes
resultados:
RESULTADO: AD-04 CON OBSERVACIÓN
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
Alineación de los Programas Presupuestarios con los ejes del Plan Municipal de Desarrollo y
Plan Estatal de Desarrollo
El H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca,
Oaxaca, registró los Programas Presupuestarios denominados “Vivienda y Servicios Básicos”, con
un importe devengado total de $1,106,715.49 (Un millón ciento seis mil setecientos quince
pesos 49/100 M.N.) y; “Gobierno Moderno”, con un importe devengado total de $2,715,772.71
(Dos millones setecientos quince mil setecientos setenta y dos pesos 71/100 M.N.); de los
cuales se identificó que el Programa Presupuestario “Gobierno Moderno” registró como acciones
realizadas (columna OBRAS/ACCIÓN de la tabla siguiente) los capítulos: 1000 Servicios Personales,
2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales. Sin embargo, las acciones mencionadas
no son susceptibles de alineación con los objetivos planteados en el Plan Municipal de Desarrollo ni
del Plan Estatal de Desarrollo debido a que las actividades realizadas/ejecutadas no son específicas
en su registro, como se muestra a continuación:
30