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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de
Coixtlahuaca, Oaxaca, no acreditó que el diseño de los Programas Presupuestarios “Vivienda y
Servicios Básicos” y “Gobierno Moderno”, cumplieran con los elementos cualitativos de la Matriz de
Indicadores para Resultados (MIR).
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 61, párrafo primero, fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal
y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos
u ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente:”; II: “Presupuestos de Egresos:”; b): “El listado de
programas así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
Programas Presupuestarios autorizados, mediante los indicadores reportados en la Cuenta
Pública Municipal
De la revisión y análisis de los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos”, así como
“Gobierno Moderno”, se constató lo siguiente:
Con relación al Programa Presupuestario contenido en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio
2022, “Gobierno Moderno”, se señalan como actividades “GOBIERNO MODERNO PRESIDENCIA
MUNICIPAL”, “GOBIERNO MODERNO TESORERIA MUNICIPAL”, “GOBIERNO MODERNO AGENCIA
DE POLICIA”, las cuales no son claras ni precisas, además de no ofrecer elementos cuantitativos
que permitan medir y comparar con las unidades de medida y metas reportadas de los Programas
Presupuestarios.
Con relación a los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos”, así como “Gobierno
Moderno”, se verificó que, en el Presupuesto de Egresos Aprobado, el ente fiscalizado no presentó
registro de metas anuales al inicio del ejercicio fiscal 2022, debido a que carece de Matriz de
Indicadores para Resultados (MIR). Sin embargo, en el Reporte de Programas Presupuestarios
contenido en la Cuenta Pública Municipal ejercicio fiscal 2022, los mismos Programas
Presupuestarios reportan al 31 de diciembre de 2022, un avance de metas. Por lo anterior, se
determinó que los avances de la meta en los Programas Presupuestarios no son susceptibles de
comparación ni comprobación, debido a que el ente fiscalizado no elaboró ni presentó la Matriz de
Indicadores para Resultados (MIR) en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal
2022, de cuyo contenido se identifiquen las metas programadas establecidas para el cumplimiento
de los objetivos de los Programas Presupuestarios.
Por otra parte, de la documentación solicitada al H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago
Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca, Oaxaca, con relación a la documentación técnica
de las obras públicas ejecutadas a través de las actividades del Programa Presupuestario, el
ente fiscalizado no presentó a requerimiento el Padrón de Beneficiados, Reporte Fotográfico
Georreferenciado de las Obras Ejecutadas, Plano Arquitectónico de la Obra denominada: “Carcamo
de Bombeo con Bomba Sumergible y Paneles Solares en el Río Grande (2022), así como tampoco
el Acta Entrega Recepción a la Instancia Responsable de su Operación y Mantenimiento de la Obra
denominada: “Construccion de tanque de almacenamiento de agua entubada (2022).”.
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