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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Ley Estatal de Planeación
Artículo 74: “La estructura programática que se defina deberá facilitar la consistencia e integración entre el Presupuesto de Egresos anual y
los planes para lo cual deberá incluir indicadores de desempeño con sus correspondientes metas anuales. Los indicadores de desempeño
corresponderán a un índice, a una unidad de medida, cociente o fórmula que permita establecer un parámetro de medición de lo que se
pretende lograr en un año, expresado en términos de cobertura, eficiencia, impacto económico y social, calidad y equidad. Estos indicadores
serán la base para el funcionamiento del SED. Los Poderes Legislativo y Judicial y los Órganos autónomos incluirán los indicadores de
desempeño y metas que faciliten la evaluación del desempeño de sus programas presupuestarios.”.
Artículo 75: “Para cada programa, sub programa y proyecto de inversión, de acuerdo a las definiciones de la Federación, se deberá formular
matrices de indicadores bajo el enfoque de marco lógico que facilite la consistencia entre el presupuesto y los planes para garantizar su
control y evaluación. En el caso de los proyectos de inversión la matriz definirá indicadores de producto que contribuyan al logro de resultados
e impactos de sus correspondientes programas y sub programas.”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 68 fracción X: “El Presidente Municipal, es el representante político y responsable directo de la administración pública municipal,
encargado de velar por la correcta ejecución de las disposiciones del Ayuntamiento, con las siguientes facultades y obligaciones:”; X: “Vigilar
la recaudación de ingresos en todos los ramos de la administración pública municipal, con apego a lo dispuesto en la Ley de Ingresos
Municipales, inspeccionar los fondos de la hacienda pública municipal, supervisar que la inversión de los recursos municipales se hagan
con estricto apego al presupuesto de egresos y a las leyes correspondientes y a los principios constitucionales de austeridad, planeación,
eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y en su caso, autorizar los estados financieros del Municipio;”.
Artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios
constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de incorporar
la perspectiva de género, con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para
la igualdad entre hombres y mujeres, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones
presupuestarias a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Satisfacción de beneficiarios e igualdad entre mujeres y hombres
El día 15 de junio del 2023, el personal de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado
de Oaxaca efectuó la inspección física de 3 obras de los Programas Presupuestarios antes
mencionados, constatando que las obras se encuentran concluidas y, según información obtenida de
los beneficiarios, en operación. Asimismo, con la finalidad de comprobar el grado de satisfacción de
los beneficiarios, en la misma fecha de inspección física se aplicaron cuestionarios de satisfacción
a los beneficiarios de dichas obras, obteniendo que el 50% de la población objetivo se encuentra
satisfecha y 50% reportó un grado de satisfacción regular respecto a la ejecución y operación de
las mismas; calificando el impacto de las obras reportadas como ejecutadas por el municipio en un
nivel regular y reportando un beneficio al 52% de mujeres y 48% de hombres.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios
Públicos Municipales, Artículos 3 y 48 párrafo primero, fracción I, inciso g); y Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca, Artículo 3; lo que a la letra dice:
Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales
Artículo 3: “El Ayuntamiento tiene la obligación primordial de servir a la población dentro del marco legal por la paz, la igualdad entre hombres
y mujeres, la justicia y el desarrollo social, generando en forma permanente, continua y creciente servicios y obras de calidad, los cuales, de
no poder prestarlos los podrá concesionar a los particulares en términos de esta ley y la ley de Orgánica Municipal, siempre y cuando no se
opongan a la Constitución y a las demás leyes del Estado.”.
Artículo 48 párrafo primero, fracción I, inciso g): “Los programas anuales de la administración pública municipal y los programas especiales
de los organismos descentralizados de carácter municipal, serán los documentos básicos para la ejecución de obras, la prestación de los
servicios públicos a cargo del Ayuntamiento y deberán contener como mínimo los siguientes requisitos:”; I: “De la obra pública:”; g): “El
número de las mujeres y los hombres, los grupos de edad y los tipos de localidad beneficiados por cada una de ellas.”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 3: “El Ayuntamiento tiene como misión primordial servir a la población dentro del marco legal por la paz, la igualdad entre hombres
y mujeres, la justicia y el desarrollo social, generando en forma permanente, continua y creciente servicios y obras de calidad; basados en la
participación ciudadana y en una administración responsable, honesta y eficiente, respetando la dignidad de la persona y del medio ambiente,
fomentado compromisos para fortalecer nuestra cultura.”.
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