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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomendó al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santiago Comaltepec, Distrito de Ixtlán de Juárez, Oaxaca,
realizar las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno
(MICI) respecto al componente de Actividades de control, las cuales son acciones establecidas, a
través de políticas y procedimientos para alcanzar los objetivos institucionales y responder a sus
riesgos, incluidos los de corrupción y los de sistemas de información en el control interno, a través
de evaluaciones y retroalimentar continuas sobre las necesidades de conocimiento, competencias y
capacidades que el personal debe tener para lograr los objetivos institucionales, de la designación
o contratación de personal especializado para garantizar el desarrollo continuo, seguridad y
mantenimiento de los sistemas informáticos y de comunicaciones del ayuntamiento, implementar un
sistema de control y vigilancia municipal, de los bienes muebles e inmuebles del municipio donde
se formule y actualice semestralmente el inventario y catálogo de dichos bienes; de igual forma
comunicar al responsable de cada área, las políticas y procedimientos para que pueda implementar
las actividades de control respecto de las responsabilidades que tiene asignadas, garantizar que
las actividades de control interno les permitan alcanzar los objetivos municipales y responder a
los riesgos, así como realizar revisiones periódicas y reuniones para detectar la eficacia en el logro
de los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos. Asimismo, cumpla con las obligaciones y
recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y normatividad que emitan las instancias del
Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 6.7 puntos de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente
fiscalizado, no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, contar con indicadores para
medir el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas por el municipio en el plan municipal
de desarrollo, contar con personal interno y externo confiable para obtener información relevante
que apoye al control interno, informar periódicamente al presidente municipal y al personal del
ayuntamiento, la situación de cambios o asuntos emergentes del control interno, ni rendir a la
ciudadanía a través de un informe detallado la actuación y desempeño del estado financiero, la
hacienda pública municipal, el avance de los programas, las obras en proceso y concluidas, y en
general del estado que guardan los asuntos municipales.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomendó al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santiago Comaltepec, Distrito de Ixtlán de Juárez, Oaxaca,
realizar las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno
(MICI), respecto al componente Información y comunicación, a través del cual se utiliza información
de calidad que el Ayuntamiento y los demás servidores públicos generan, obtienen, utilizan y
comunican para respaldar el sistema de control interno y para dar cumplimiento a su mandato legal;
a través de la implementación de indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas
establecidas por el municipio en el plan municipal de desarrollo; la designación de personal interno
o externo necesario y confiable para obtener información relevante que apoye al control interno;
informar periódicamente al presidente municipal y al personal del ayuntamiento, la situación de
cambios o asuntos emergentes del control interno y de la rendición a la ciudadanía a través de un
informe detallado la actuación y desempeño del estado financiero, la hacienda pública municipal, el
avance de los programas, las obras en proceso y concluidas, y en general del estado que guardan
los asuntos municipales. Asimismo, cumpla con las obligaciones, recomendaciones, políticas
públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional
Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
SUPERVISIÓN
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
supervisión, se determina un puntaje alcanzado de 4.0 puntos de un total de 20.0 puntos
asignados, correspondiente al valor total de este componente debido a que el ente fiscalizado no
acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, contar con una área interna o externa que
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