Page 24 - San Agustín Atenango
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022      Artículo 126 QUATER, párrafo primero fracción III: “La Contraloría Municipal, tendrá las siguientes atribuciones:”; III: “Comprobar que
                                                      todos los ingresos y egresos del Municipio, estén debidamente comprobados, justificados y registrados en el sistema de contabilidad
                                                      gubernamental y se reflejen en los estados financieros e informes que deban emitirse periódicamente de conformidad con las normas
                                                      emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable;”.
                                                      Artículo 127: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios constitucionales de
                                                      austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de incorporar la perspectiva de género,
                                                      con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para la igualdad entre hombres y
                                                      mujeres, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de partidas y
                                                      calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal.” “Tratándose del inicio del Gobierno
                                                      Municipal, el Ayuntamiento entrante deberá ratificar o, en su caso realizar las modificaciones al Presupuesto de Egresos autorizado por
                                                      el Ayuntamiento saliente, a más tardar el quince de febrero.” “El presupuesto de egresos deberá ser aprobado por mayoría calificada y
                                                      deberá remitirse copia al Congreso del Estado a través del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca para su conocimiento y
                                                      fiscalización.”.
                                                      Artículo 128: “El Presupuesto de Egresos considerará:” I: “Erogaciones por concepto de gasto corriente;”; II: “Inversiones físicas;”; III: “Pagos
                                                      de pasivos a deuda pública que realicen la administración pública municipal centralizada o paramunicipal;”; IV: “Subsidios, donaciones;
                                                      estímulos, transferencias y demás conceptos de gasto que se otorguen a asociaciones, patronatos e instituciones de beneficencia pública
                                                      y privada y demás organismos similares a éstos;”; V: “La aplicación de las participaciones federales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
                                                      de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca;”; VI: “Deberá establecer de manera clara el monto de los recursos que serán asignados
                                                      a las Agencias Municipales y de Policía,”; VII: “Deberá incorporar la perspectiva de género y reflejarla en las políticas y programas bajo su
                                                      responsabilidad incluso en los que aun cuando no estén dirigidos a mitigar o solventar desigualdades de género se puedan identificar de
                                                      forma diferenciada los beneficios específicos para mujeres y hombres.” “De igual manera deberá incorporar la inversión focalizada para
                                                      cerrar brechas de inequidad y desigualdad entre mujeres y hombres y generar condiciones para el ejercicio de derechos civiles, políticos,
                                                      económicos, sociales y culturales de las mujeres, considerando en todo momento el impacto diferenciado y las necesidades de la población;
                                                      y”; VIII: “Las demás erogaciones que considere el Ayuntamiento necesarias para el beneficio del Municipio.”; “Las modificaciones que
                                                      sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este artículo, seguirán el mismo procedimiento que para su
                                                      aprobación.”.
                                                      Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno
                                                      del Estado o en la Gaceta Municipal.”.

                                                      Manual de Contabilidad Gubernamental, Capítulo III, Plan de Cuentas.

                                                      Acuerdo por el que se emiten las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos: Que
                                                      especifican el registro de las etapas del gasto, debiendo registrar los documentos justificativos y comprobatorios del gasto comprometido y
                                                      devengado en términos de las disposiciones del Consejo.

                                                      Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)

                                                  RESULTADO: AC-02	                              CON OBSERVACIÓN
                                                  CUENTAS BANCARIAS

                                                  Con la finalidad de verificar el cumplimiento del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
                                                  Gubernamental, se revisó la información presentada por el ente fiscalizado, específicamente
                                                  los contratos de apertura de las cuentas bancarias, los estados de cuenta bancarios, el respaldo
                                                  del sistema de contabilidad que manejó el ente fiscalizado en el ejercicio fiscal 2022, y la Ley de
                                                  Ingresos para el ejercicio fiscal 2022, y al Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 11 de enero
                                                  de 2022, donde consta la autorización de la apertura de las cuentas bancarias; conociéndose lo
                                                  siguiente:

                                                  a)	 El ente fiscalizado en su contabilidad registró cuentas bancarias para los recursos provenientes
                                                      del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios; del Ramo 33, Fondo de
                                                      Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del
                                                      Distrito Federal (FISM-D.F.) y del Ramo 33, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento
                                                      de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-D.F.);
                                                      presentando únicamente los estados de cuenta bancarios como se detallan a continuación:

                                                                                                 DATOS DE LA CUENTA BANCARIA                         CONTRATO DE APERTURA

                                                  SUB-SUBCUENTA             FUENTE DE            NOMBRE DE  INSTITUCIÓN       NÚMERO    NÚMERO DE           TIPO          FIRMAS      ESTADOS
                                                       CONTABLE         FINANCIAMIENTO           LA CUENTA   BANCARIA       DE CUENTA   CONTRATO     (PRODUCTIVA)  MANCOMUNADAS     DE CUENTA
                                                                                                 ESTADO DE                  BANCARIA                                                BANCARIOS
                                                                                                                                                                       (NOMBRES)  PRESENTADOS
                                                                                                    CUENTA                                                                         (MES Y AÑO)
                                                                                                  BANCARIO
                                                                                                                                                                                    DE ENERO A
                                                  11121-01-15-30000330  PARTICIPACIONES (RAMO    RAMO 28          BANCO     1174881437  NO PRESENTÓ  NO PRESENTÓ   NO PRESENTÓ    DICIEMBRE DE
                                                  FONDO GENERAL DE      28), FONDO GENERAL DE               MERCANTIL DEL               CONTRATO DE  CONTRATO DE   CONTRATO DE
                                                                                                                                                                                         2022
                                                    PARTICIPACIONES          PARTICIPACIONES                   NORTE, S.A.                APERTURA     APERTURA      APERTURA

                                                          11121-02-25-   APORTACIONES (RAMO      FONDO III        BANCO     1174881446  NO PRESENTÓ  NO PRESENTÓ   NO PRESENTÓ     DE ENERO A
                                                   30000331 FONDO DE    33 FONDO III), FONDO DE             MERCANTIL DEL               CONTRATO DE  CONTRATO DE   CONTRATO DE    DICIEMBRE DE
                                                  APORTACIONES PARA
                                                  LA INFRAESTRUCTURA      APORTACIONES PARA                    NORTE, S.A.                APERTURA     APERTURA      APERTURA            2022
                                                                         LA INFRAESTRUCTURA
                                                    SOCIAL MUNICIPAL
                                                            (FISMDF)        SOCIAL MUNICIPAL
                                                                                    (FISMDF)

                                                  22
   19   20   21   22   23   24   25   26   27   28   29