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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022           Norma para establecer la estructura de información del formato de programas con recursos federales por orden de gobierno.

                                                           Norma para establecer la estructura de información del formato de aplicación de recursos del Fondo de Aportaciones para el
                                                           Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN).

                                                           Lineamientos de información pública financiera para el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.

                                                           Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados a las
                                                           entidades federativas.

                                                           Acuerdo por el que se determina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el
                                                           patrimonio del ente público.

                                                           Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable
                                                           (CONAC).

                                                  CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DE LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA
                                                  DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS
                                                  Con la finalidad de verificar que el ente fiscalizado dio cumplimiento a las obligaciones de
                                                  publicación y difusión de la información a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las
                                                  Entidades Federativas y los Municipios se concluye lo siguiente:

                                                  De la consulta realizada en el micrositio del Consejo Estatal de Armonización Contable de Oaxaca
                                                  (CEACO) en la dirección electrónica https://ceaco.finanzasoaxaca.gob.mx de la Secretaría de
                                                  Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca con la cual se verificó que no cumplió con la
                                                  publicación total de la información correspondiente al ejercicio fiscal 2022, con la cual diera
                                                  cumplimiento a las obligaciones de transparencia de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
                                                  Federativas y los Municipios, como se detalla a continuación:

                                                  PUBLICACIÓN DE LA SIGUIENTE     PERIODICIDAD     PRIMER   SEGUNDO     TERCER     CUARTO   ANUAL/CUENTA   FORMATO
                                                  INFORMACIÓN:                                  TRIMESTRE  TRIMESTRE  TRIMESTRE  TRIMESTRE       PÚBLICA  ACORDE AL
                                                                                                                                                      NO
                                                  ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA  TRIMESTRAL Y  SI                SI         SI        NO             NO     CONAC
                                                  DETALLADO -LDF                       ANUAL    SI                SI         SI        NO                        SI
                                                                                                                                                      NO
                                                  INFORME ANALÍTICO DE LA DEUDA   TRIMESTRAL Y                    SI         SI        NO                        SI
                                                  PÚBLICA Y OTROS PASIVOS - LDF        ANUAL                                                          NO
                                                                                                                  SI         SI        NO             NO         SI
                                                  INFORME ANALÍTICO DE            TRIMESTRAL Y  SI                SI         SI        NO
                                                  OBLIGACIONES DIFERENTES DE           ANUAL                                                                     SI
                                                  FINANCIAMIENTOS - LDF
                                                                                  TRIMESTRAL Y  SI                                                               SI
                                                  BALANCE PRESUPUESTARIO - LDF         ANUAL    SI

                                                  ESTADO ANALÍTICO DEL INGRESOS   TRIMESTRAL Y
                                                  DETALLADO -LDF                       ANUAL

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                           Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                           Artículo 51: “La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada
                                                           y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días
                                                           después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en
                                                           su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el
                                                           Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso.”.
                                                           Artículo 56: “La generación y publicación de la información financiera de los entes públicos a que se refiere este Título, se hará conforme a
                                                           las normas, estructura, formatos y contenido de la información, que para tal efecto establezca el consejo y difundirse en la página de Internet
                                                           del respectivo ente público. Dicha información podrá complementar la que otros ordenamientos jurídicos aplicables ya disponen en este
                                                           ámbito para presentarse en informes periódicos y en las cuentas públicas. Asimismo, la información se difundirá en los medios oficiales de
                                                           difusión en términos de las disposiciones aplicables.”.

                                                           Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

                                                           Artículo 4: “El Consejo Nacional de Armonización Contable, en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, emitirá las
                                                           normas contables necesarias para asegurar su congruencia con la presente Ley, incluyendo los criterios a seguir para la elaboración y
                                                           presentación homogénea de la información financiera referida en la misma.”.
                                                           Artículo 58: “Los Entes Públicos se sujetarán a la Ley General de Contabilidad Gubernamental para presentar la información financiera en
                                                           los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de información
                                                           establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Título Tercero Bis de la Ley
                                                           General de Salud, relativas a las Transferencias federales etiquetadas.”.

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