Page 64 - Santa María Zacatepec
P. 64
AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos
42 primer párrafo, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I; Ley Orgánica Municipal del Estado
de Oaxaca, artículo 120; Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero, que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo.
Artículo 70 fracción I: I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones…”.
RESULTADO: AF-28 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3363 51331-3363 SERVICIOS DE ELABORACIÓN E
IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES, REPRODUCCIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO,
LIBROS, FOLLETOS Y REVISTAS, se constató que la entidad fiscalizada afectó el Presupuesto
de Egresos en cantidad de $48,300.00 (Cuarenta y ocho mil trescientos pesos 00/100
M.N.), realizando pagos mediante transferencia bancaria con afectación a la cuenta bancaria
número 18000215749 de la institución bancaria Banco Santander (México), S.A., con recursos
del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios; observando que el registro
contable y presupuestario no se encuentra soportado con la documentación justificativa del gasto
relativa a la solicitud para la contratación del servicio, la autorización correspondiente, el proceso
de contratación, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto
a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como la
evidencia que demuestre el destino del recurso (entregable); cómo se detalla a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE
FINANCIAMIENTO BANCARIA Y NÚM. TRANSFERENCIA
DE CUENTA BANCARIA
004547 31/12/2022 48,300.00 001649 31/12/2022 48,300.00 APORTACIONES 30/12/2022 BANCO SANTANDER TRANSFERENCIA 48,300.00
(RAMO 28) (MÉXICO), S.A., BANCARIA
RECURSOS
FEDERALES NÚMERO DE CUENTA CLAVE DE RASTREO:
18000215749 2022123040014
BET0000450488160
TOTAL $48,300.00 $48,300.00 $48,300.00
FECHA NÚM. PROVEEDOR COMPROBANTE CONCEPTO
02/01/2023 IMPORTE
DF6EC30E-B1C5-422E- 360 DIRECCION DE NEGOCIOS 48,300.00 1 ELABORACIÓN DE INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS EJERCICIO FISCAL 2023
A5C9-FACBD731DB65 Y UNIDAD EMPRESARIAL, S.C.
$48,300.00
62