Page 92 - Santa María Zacatepec
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 Argumento que acredita que la Entidad Fiscalizable remitió documentación con la información
referente a este resultado, sin embargo, se determinó que este resulta insuficiente para solventar la
observación emitida, toda vez que:
No presenta evidencia justificativa que soporte su argumento y que justifique el haber excedido del
30% del presupuesto en materia de obra pública al adjudicar las obras por excepción a la licitación
pública.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste
la observación. Por lo que se emite:
Solicitud de Aclaración.
2022-OA/CPM/087/2023-SA-04
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Zacatepec, Distrito de
Putla, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
la documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a que la suma de los montos
contratados por excepción a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del
30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:
MODALIDAD NÚMERO DE OBRAS IMPORTE PORCENTAJE
CONTRATADAS CONTRATADO
LICITACIÓN PÚBLICA --- $ 0.00 0.00%
LICITACIÓN PÚBLICA --- $ 0.00 0.00%
SUB TOTAL
EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA 23 $ 31,747,485.62 100.00%
INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES CONTRATISTAS 0 $0.00 0.00%
23
ADJUDICACIÓN DIRECTA $ 31,747,485.62 100.00%
SUB TOTAL
TOTAL 23 $ 31,747,485.62 100.00%
Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de Santa María Zacatepec, Distrito de Putla, Oaxaca.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
Estado de Oaxaca, Artículo 46 tercer párrafo, que a la letra dice:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 46 tercer párrafo. - “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de
invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio
de la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier
techo financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”
RESULTADO: AF-42 CON OBSERVACIÓN
Para determinar que los contratos de obra pública celebrados durante el ejercicio 2022 estuvieron
dentro del rango de aplicación establecido en el artículo 73 fracción VII del Presupuesto de
Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 aplicado conforme a lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, se analizó
el Presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2022 del municipio, en el reporte de resultados
de egresos-LDF se constató que en el ejercicio inmediato anterior para Inversión Pública del
Municipio, ejercicio 2021, fue de $ 26,369,791.29 (Veintiséis millones trescientos sesenta y nueve
mil setecientos noventa y un pesos 29/100 M.N.), trasladando este monto a la tabla del artículo 73
fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 se
verificó que se ubica dentro del rango “Mayor de 25,000,000.01 hasta 50,000,000.00”,
quedando los montos máximos de la siguiente manera:
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