Page 102 - 011 Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa
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Por lo cual, no atendió este punto.

Contratación:
      • Catálogo de conceptos de la empresa a la que se adjudicó el contrato: Presenta Presupuesto de Obra
            de la etapa de Planeación, Programación y Presupuestación, emitido por el Instituto Oaxaqueño
            Constructor de Infraestructura Física Educativa, No corresponde al Catálogo de conceptos de la empresa
            a la que se adjudicó el contrato observado de la etapa de Contratación de la obra.

Por lo cual, no atendió este punto.

      • Controles de calidad, pruebas de laboratorio e informes en caso de supervisión externa: No presenta.

Por lo cual, no atendió este punto.

Terminación:
      • Planos definitivos: Presenta el plano de Red de Media Tensión Subterránea, con la nota: “Esta aprobación
            no es una autorización para construir, la obra podrá ejecutarse hasta que haya sido autorizado el
            convenio de obra correspondiente”, además de carecer de firmas de quienes intervienen en su revisión
            y autorización y/o sello(s) correspondientes, por lo tanto, dicho documento no se considera como Plano
            de la ejecución definitiva de los trabajos.

Por lo cual, no atendió este punto.

Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación,
por lo que se emiten.

Pliego de Observaciones:
2022-OA/CPE/11/2023-PO-12

Se le requiere al Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa, antes Instituto Oaxaqueño
Constructor de Infraestructura Física Educativa, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado
de Oaxaca, la información y documentación que compruebe, justifique, aclare o en su caso reintegre el importe
de $1,146,692.45 (Un millón ciento cuarenta y seis mil seiscientos noventa y dos pesos 45/100 M.N.),
derivado que no presentó información comprobatoria y justificativa correspondiente a la observación de Pagos
en exceso.

Solicitud de Aclaración:
2022-OA/CPE/11/2023-SA-14

Para que el Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa, antes Instituto Oaxaqueño
Constructor de Infraestructura Física Educativa, justifique o aclare, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, la debida integración del Expediente Técnico Unitario en cada una de sus etapas, conforme
a la observación que se detalla en este resultado.

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