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Fracción XLVI: “Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en
su caso, los consejos consultivos.”
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo 10 fracción II: “Publicar, actualizar y mantener disponible, de manera proactiva, a través de los medios electrónicos
con que cuenten, la información a que se refiere la Ley General y esta Ley y toda aquella que sea de interés público.”
Artículo 15 párrafo primero: “Los sujetos obligados deberán difundir, actualizar y poner a disposición del público de manera
proactiva, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, la información a que se
refiere el Título Quinto de la Ley General, en sus sitios de internet y a través de la Plataforma Nacional, con excepción de la
información clasificada como reservada o confidencial.”
Artículo 16: “Las páginas electrónicas utilizadas por los sujetos obligados para la difusión de información pública, deberá
atender lo dispuesto por la Ley General y los Lineamientos Técnicos Generales que emita el Órgano Garante Nacional para la
publicación y verificación de las obligaciones de transparencia.”
Artículo 19: “Los sujetos obligados, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en los respectivos medios
electrónicos, sin que medie solicitud alguna, la información a que se refiere el artículo 70 de la Ley General y la que les
corresponda según el Catálogo de Obligaciones de Transparencia Específicas.”
Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las
obligaciones establecidas en el Título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional
de Transparencia
Capítulo II cuarto fracción I: “Todos los sujetos obligados deben poner a disposición de los particulares y mantener actualizada,
en sus sitios de Internet y a través de la Plataforma Nacional, tal como lo señala el artículo 60 de la Ley General, la información
derivada de las obligaciones de transparencia.”
Capítulo II séptimo: “Los sujetos obligados usarán los formatos especificados en cada rubro de información incluidos en estos
Lineamientos, con el objetivo de asegurar que la organización, presentación y publicación de ésta garantice su homologación
y estandarización, como lo especifican los artículos 61 y 65 de la Ley General.”
Capítulo II octavo fracción II: “Los sujetos obligados publicarán la información actualizada en su portal de Internet y en la
Plataforma Nacional dentro de los treinta días naturales siguientes al cierre del período de actualización que corresponda, salvo
las excepciones establecidas en los presentes Lineamientos “
Capítulo IV decimo noveno: “El catálogo de la información que todos los sujetos obligados deben poner a disposición de las
personas en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional está detallado en el artículo 70 de la Ley General, de las
fracciones I a la XLVIII, constituyendo lo que se denomina como “Obligaciones de transparencia comunes”, y se trata de
información pública que debe estar a disposición de las personas sin que medie petición alguna.”
RESULTADO: AC-036 SIN OBSERVACIÓN
De la verificación a la página de internet de la Entidad Fiscalizable, se verificó que puso a disposición la
información contable, presupuestaria, programática y la demás información complementaria señalada en la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, en la liga https://www.oaxaca.gob.mx/iocied/informacion-contable/
RESULTADO: AC-037 SIN OBSERVACIÓN
De la verificación a la página de internet de la Entidad Fiscalizable, se comprobó que, para el cumplimiento de los
formatos relativos a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y en sus
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