Page 168 - 011 Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa
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criterios para la elaboración homogénea de la información financiera, puso a disposición la liga
https://www.oaxaca.gob.mx/iocied/informacion-contable/.

AUDITORÍA SOBRE EL DESEMPEÑO

RESULTADO: AD-038  SIN OBSERVACIÓN

De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de los Reportes de
Avance de Gestión, se verificó que las actividades derivadas del Programa 207 Fortalecimiento a la
Infraestructura Física Educativa, se encuentran alineadas en congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo 2016-
2022 y el Plan Estratégico Sectorial “Educación”. Así mismo, dicho programa fue aprobado en el Presupuesto
de Egresos para el ejercicio 2022.

RESULTADO: AD-039  CON OBSERVACIÓN

De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de la Matriz de
Indicadores para Resultados reporte de cierre del programa 207 Fortalecimiento a la Infraestructura Física
Educativa, se observó que no reportó las metas alcanzadas a nivel propósito, aunado a ello, no presenta
evidencia de que las metas alcanzadas a nivel fin fueran reportadas en el MIDO, por lo que no fue posible verificar
el seguimiento del indicador estratégico.

Incumpliendo con lo establecido, en la siguiente normatividad:

           Ley Estatal de Planeación

           Artículo 40: “Son objeto de seguimiento y evaluación de desempeño los programas y proyectos que integren el PED y los
           planes del SIEP, independientemente de su fuente de financiamiento. El seguimiento y la evaluación se realizarán con base en
           la recopilación, análisis y reporte de información sobre el cumplimiento de objetivos, indicadores y metas definidos con los
           recursos públicos asignados.”

           Artículo 74: “La estructura programática que se defina deberá facilitar la consistencia e integración entre el Presupuesto de
           Egresos anual y los planes para lo cual deberá incluir indicadores de desempeño con sus correspondientes metas anuales. Los
           indicadores de desempeño corresponderán a un índice, a una unidad de medida, cociente o fórmula que permita establecer un
           parámetro de medición de lo que se pretende lograr en un año, expresado en términos de cobertura, eficiencia, impacto
           económico y social, calidad y equidad. Estos indicadores serán la base para el funcionamiento del SED. Los Poderes Legislativo
           y Judicial y los Órganos autónomos incluirán los indicadores de desempeño y metas que faciliten la evaluación del desempeño
           de sus programas presupuestarios.”

           Artículo 75 párrafo primero: “Para cada programa, sub programa y proyecto de inversión, de acuerdo a las definiciones de la
           Federación, se deberá formular matrices de indicadores bajo el enfoque de marco lógico que facilite la consistencia entre el
           presupuesto y los planes para garantizar su control y evaluación.”

           Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

           Artículo 57 último párrafo: “Las dependencias y entidades deberán cumplir con los compromisos e indicadores del desempeño
           de las medidas que se establezcan en el programa a que se refiere el párrafo anterior. Dichos compromisos deberán
           formalizarse por los titulares de las dependencias y entidades, y el avance en su cumplimiento se reportará en los informes
           trimestrales.”

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