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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 8 fracción III: “Las Dependencias, Entidades o los Ayuntamientos encargados de realizar obras públicas, deberán formular y
mantener actualizado:
III.- La relación de la plantilla del personal técnico y administrativo relacionado con la obra pública.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, comprobar,
justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información
y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/321/2023, notificado el 07 de septiembre de 2023,
se dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a
efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y
aclaraciones correspondientes.
El Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, mediante oficio PRESIDENCIA/SIA/113 de fecha 02 de octubre de
2023, como consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 02 de octubre de 2023, para
este resultado en particular, 02 hojas útiles de los folios 000001 al 000002 en copias certificadas,
consistentes en:
Plantilla de personal de una obra.
Documentación que acredita que la Entidad Fiscalizable remitió información referente a este
resultado, sin embargo, se determinó que esta resulta insuficiente para solventar la observación
emitida, toda vez que:
No acredita como la plantilla de personal técnico y administrativo relacionado con la obra pública,
al no demostrar el personal técnico para la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos
ejecutados en la obra.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste
la observación. Por lo que se emite:
Solicitud de aclaración
2022-OA/CPM/007/2023-SA-10
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de
Miahuatlán, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
la documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a las obras incluidas en la muestra,
respecto al proceso de ejecución de las obras, la relación de la plantilla de personal técnico y
administrativo relacionado con la obra pública, observación presente en una obra como se relaciona
a continuación:
NÚM. NOMBRE DE LA OBRA LOCALIDAD NÚMERO DE CONTRATO
OAD-4 SAN ILDEFONSO AMATLAN FISMDF/154/MSIA/004/2022
CONSTRUCCION DE PUENTE VEHICULAR
EN SAN ILDEFONSO AMATLAN.
Fuente: Expedientes técnicos presentados por el Ente Fiscalizado.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
Estado de Oaxaca, Artículo 8 fracción III, que a la letra dice:
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