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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 respectivamente; así mismo el Municipio registró ingresos derivados de Convenios en cantidad de
$26,852,000.00 (Veintiséis millones ochocientos cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.);
los cuales fueron registrados en el Sistema de Contabilidad que manejó el Municipio en el ejercicio
fiscal 2022, constatando que los recursos ministrados y pagados fueron depositados en las cuentas
bancarias productivas especificas aperturadas para el ejercicio fiscal 2022.
RESULTADO: AF-04 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la documentación presentada por el ente fiscalizado, relativa a los registros
contables y presupuestarios de los ingresos del Ramo General 28, Participaciones a
Entidades Federativas y Municipios, del Ramo 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones para
la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FISM-DF) y del Ramo 33 Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF),
respectivamente; se observó que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) expedidos
a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, fueron expedidos fuera del plazo máximo de cinco días
hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones y aportaciones; cómo se detalla en el
ANEXO DAM-FC-02.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
artículo 95 fracción II párrafo segundo: “Expedir el comprobante fiscal digital a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca en un plazo
máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones, aportaciones y demás recursos federales aprobados
en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación a favor del Municipio”.
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomendó al
Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Jocotipac, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, instruyera quien
corresponda, para que, en lo subsecuente, expidiera los comprobantes fiscales digitales a favor del
Gobierno del Estado en el plazo que establece la Ley.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/283/2023 se notificaron el 30 de agosto de 2023,
los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de San Pedro Jocotipac, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, una vez fenecido el plazo la Entidad Fiscalizable hizo caso omiso sin
que haya presentado documentación justificativa y aclaratoria; por lo cual, esta Auditoria Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:
Recomendación.
2022-OA/CPM/010/2023-RE-01
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Jocotipac, Distrito de Cuicatlán,
Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe o aclare lo relativo a:
En relación a la documentación presentada por el ente fiscalizado, relativa a los registros contables y
presupuestarios de los ingresos del Ramo General 28, Participaciones a Entidades Federativas
y Municipios, del Ramo 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social
Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y del Ramo
33 Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), respectivamente; se observó
que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) expedidos a favor del Gobierno del
Estado de Oaxaca, fueron expedidos fuera del plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir
de la recepción de las participaciones y aportaciones; cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-02-
SEG-01.
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