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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
un órgano interno de control municipal, el cual será responsable de analizar, revisar y evaluar las funciones de la administración pública INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
municipal, verificando la correcta aplicación del gasto municipal”.
Artículo 126 TER párrafos primero y tercero: “Los Municipios deberán contar con un Órgano Interno de Control Municipal, el cual
tendrá un titular denominado Contralor Interno Municipal; quien será designado por la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento; y por los
comités de contraloría social, los cuales serán electos en asamblea general, previo procedimiento de convocatoria pública. En los Municipios
con población menor de veinte mil habitantes; las funciones del Órgano Interno de Control Municipal serán realizadas por la Comisión de
Rendición de Cuentas, Transparencia y Acceso a la Información, la Comisión que se acuerde en sesión de cabildo o el Ayuntamiento y el
Tesorero Municipal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la presente Ley.”
Artículo 126: QUATER: en todas sus fracciones, en donde se nos especifica las atribuciones que tiene la contraloría municipal. De igual
manera el municipio incumplió al no haber adoptado el Marco Integrado de Control Interno para el Sector Público acordado en el seno del
Sistema Nacional de Fiscalización, el cual es aplicable a los entes municipales.
RESULTADO: AF-02 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la Balanza de Comprobación Detallada del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022,
se detectó un saldo al 31 de diciembre de 2022 en cantidad de $115,532.46 (Ciento quince mil
quinientos treinta y dos pesos 46/100 M.N.), respecto de los siguientes rubros:
RUBRO SALDO FINAL
111 EFECTIVO Y EQUIVALENTES 63,526.14
211 CUENTAS POR PAGAR A CORTO PLAZO 52,006.32
TOTAL
$115,532.46
Mismos que se detallan en los siguientes incisos:
a) De la revisión a la subcuenta 11121 BANCOS/TESORERIA, se observó que la Entidad
Fiscalizable refleja un saldo al 31 de diciembre de 2022, en cantidad de $63,526.14
(Sesenta y tres mil quinientos veintiséis pesos 14/100 M.N.), del cual no se identifica
la comprobación del gasto realizado o el reintegro a la hacienda pública municipal, como se
detalla a continuación:
CUENTA DESCRIPCIÓN SALDO FINAL
348.00
11121-01 PARTICIPACIONES RAMO 28
3,178.14
11121-01-15-30000428 BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO 60,000.00
FINANCIERO BANORTE 1174326385 $63,526.14
11121-02 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III)
11121-02-25-30000429 BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO
FINANCIERO BANORTE 1174326394
11121-03 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV)
11121-03-25-10000077 PEDRO RAMIREZ SANJUAN
TOTAL
b) De la revisión a la subcuenta 21171 RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A
CORTO PLAZO, se observó que la Entidad Fiscalizable refleja un saldo al 31 de diciembre
de 2022, en cantidad de $52,006.32 (Cincuenta y dos mil seis pesos 32/100 M.N.), del
cual no se comprobó que cuente con la documentación que compruebe el entero de dichas
retenciones.
CUENTA DESCRIPCIÓN SALDO FINAL
21171-02 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III) 19,339.28
22,979.40
21171-02-25-107 RETENCION 5 AL MILLAR
1,094.22
21171-02-25-147 3% IMPUESTO SOBRE NOMINA 8,593.42
$52,006.32
21171-03 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV)
21171-03-25-101 I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS
21171-03-25-102 I.S.R. SOBRE HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS Y SALARIOS
TOTAL
9