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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado
de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a
solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/516/2023, se notificaron el 12 de octubre de 2023,
los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de Santa María Atzompa, Distrito del Centro, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, presentó el oficio número MSMA/PM/237/2023 de fecha 05 de
noviembre de 2023, suscrito por el C. Juan Justino López Torres, Presidente Municipal, dirigido a
la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
circunstanciada de fecha seis de noviembre de 2023; sin embargo de este resultado no proporcionó
documentación.
En consecuencia, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:
Pliego de Observaciones.
2022- OA/CPM/015/2023-PO-05
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Atzompa, Distrito del Centro,
Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, aclare o reintegre la cantidad de $6,263.65 (Seis mil doscientos
sesenta y tres pesos 65/100 M.N.) lo relativo a:
En relación a la sub-subcuenta 12421-5210200005 KIT DE ALARMA CON PANEL DWE
CONTROL VISTA48ECOKIT TARJETA DE COMUNICACION IP, no presentó los resguardos
correspondientes; así mismo se observó que los registros contables y presupuestarios no se
encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto referente a la solicitud de
la necesidad de la adquisición, la autorización de la adquisición, la constancia de recepción y la
evidencia del destino del recurso, como se detalla a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CAJA
001020 31/03/2022 6,263.65 000455 31/03/2022 37,021.11 PARTICIPACIONES (RAMO 28) - 37,021.11
RECURSOS FEDERALES $37,021.11
TOTAL $6,263.65 $37,021.11
COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET
NÚMERO DE FECHA PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
FOLIO FISCAL
FC30C5FF- 12/01/2022 COPRINEM, 37,021.11 1 PIEZA COMPUTADORA DE ESCRITORIO DELL07121991, INTEL CORE, i5-1050 0, 8 GB DDR4.
FC3D- S.A DE C. V DISCO DURO M.2 512GB PCleNVMe CLASS35 SSD. MONITOR DELL DE 23.8” E2420HS
TECLADO Y MOUSE. NO WIRELESSLAN CARD. WINDOWS 10 PRO. 64 BITS, INGLES, FRANCES
4475-A12C- Y ESPAÑOL, 1 PIEZA EQUIPO DE VIDEO VIGILANCIA CONSISTENTE EN 4 CAMARAS 1080 P 2
6C1A6101B8DD MP CON BALUMS Y DISCO DURO DE 1 TB, 1 PIEZA KIT DE ALARMA CON PANEL DE CONTROL
VISTA48ECOKIT TARJETA DE COMUNICACIÓN IP, TECLADO, 3 SENSORES DE MOVIMIENTO,
2 MAGNETICOS, SIRENA DE 30W GABINETE METALICO DE SIRENA, TRANSFORMADOR DE
16.5, BATERIA DE RESPALDO 4AH Y 50 M. DE CABLE BAJO VOLT. 4 HILOS
$37,021.11
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental artículos 42
primer párrafo, 43, 67 párrafo primero y segundo y 70 fracción I, que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42 primer párrafo: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,
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