Page 98 - 013 Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca
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Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca
Artículo 20 fracción XXVIII: “Rendir al Pleno del Tribunal, en el mes de diciembre de cada año, un informe de las actividades
realizadas en este período, así como la aplicación de los recursos económicos presupuestales.”
Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las
obligaciones establecidas en el Título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional
de Transparencia
Capítulo II séptimo: “Los sujetos obligados usarán los formatos especificados en cada rubro de información incluidos en estos
Lineamientos, con el objetivo de asegurar que la organización, presentación y publicación de ésta garantice su homologación
y estandarización, como lo especifican los artículos 61 y 65 de la Ley General.”
Capitulo IV decimo noveno: “El catálogo de la información que todos los sujetos obligados deben poner a disposición de las
personas en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional está detallado en el artículo 70 de la Ley General, de las
fracciones I a la XLVIII, constituyendo lo que se denomina como “Obligaciones de transparencia comunes”, y se trata de
información pública que debe estar a disposición de las personas sin que medie petición alguna.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Tribunal de Justicia
Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, antes, Tribunal de Justicia Administrativa
del Estado de Oaxaca, justificar o aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y
presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las
acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/2373/2023, se notificó el día 11 de octubre de 2023, los Resultados
Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles,
presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, antes, Tribunal de
Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio
número TJAyCCO/P/475/2023 de fecha 07 de noviembre de 2023, como consta en el acta circunstanciada
de fecha 08 de noviembre de 2023, presentó copia certificada de la siguiente documentación y/o información:
• Relación de información publicada conforme a la Tabla de Aplicabilidad Integral.
De la revisión y análisis de la documentación y argumentos presentados, y de la verificación realizada a la
plataforma de transparencia de la Entidad Fiscalizable, se constató que publicó la información conforme a la Tabla
de Aplicabilidad Integral, del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
de las fracciones VIII, IX, XI, XII, XV, XXIX, XXXII, XXXIX, XLI, XLII y XLIV.
Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que atiende la observación.
RESULTADO: AC-023 SIN OBSERVACIÓN
De la verificación a la página de internet de la Entidad Fiscalizable, se constató que puso a disposición la
información contable, presupuestaria, programática y la demás información complementaria señalada en la Ley
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