Page 66 - 009 Comisión Estatal del Agua para el Bienestar
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seis pesos 44/100 M.N), toda vez que no presentaron Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s) y
de la misma forma realizaron pagos sin exhibir de lista de raya correspondiente.

Asimismo, se detectó que al 31 de diciembre de 2022 existen diferencias entre el importe pagado registrado

contablemente y el importe reflejado como pagado en el Estado del Ejercicio Presupuestal, situación que refleja

que la información financiera no cumple con los criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y

de comparación, como se detalla en el cuadro siguiente:

    PARTIDA             FUENTE DE    PAGADO SEGÚN ESTADO   PAGADO SEGÚN                                 DIFERENCIA
                    FINANCIAMIENTO          DEL EJERCICIO   CONTABILIDAD
                                            PRESUPUESTAL

    Servicios para  AALAA0122

    Programas       Asignación para  $0.00                 $9,876,497.54                                $9,876,497.54

    adicionales     Funcionamiento

FUENTE: Documentación presentada por la Entidad Fiscalizable correspondiente al ejercicio fiscal 2022.

Incumpliendo con lo establecido, en la siguiente normatividad:

           Ley General de Contabilidad Gubernamental,

           artículos 16: “El sistema, al que deberán sujetarse los entes públicos, registrará de manera armónica, delimitada y específica las
           operaciones presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública, así como otros flujos económicos. Asimismo, generará
           estados financieros, confiables, oportunos, comprensibles, periódicos y comparables, los cuales serán expresados en términos
           monetarios.”.

           artículo 17: “Cada ente público será responsable de su contabilidad, de la operación del sistema; así como del cumplimiento de
           lo dispuesto por esta Ley y las decisiones que emita el consejo.”.

           artículo 38 “El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas contables que, para tal
           efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar: fracción I. En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado,
           comprometido, devengado, ejercido y pagado”.

           artículo 41: “Para el registro único de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de
           clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catálogos de bienes o instrumentos similares que permitan su interrelación
           automática.”.

           artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original
           que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”.

           artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
           documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos
           que para tal efecto establezca el consejo.” ; Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,”.

           artículo 44: “Los estados financieros y la información emanada de la contabilidad deberán sujetarse a criterios de utilidad,
           confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de comparación, así como a otros atributos asociados a cada uno de ellos, como
           oportunidad, veracidad, representatividad, objetividad, suficiencia, posibilidad de predicción e importancia relativa, con el fin de
           alcanzar la modernización y armonización que la Ley determina”.

           Ley de Hacienda del Estado de Oaxaca.

           artículo 36 A: “Están obligados al pago del impuesto sobre nóminas, las personas físicas o morales y las unidades económicas
           sin personalidad jurídica, que efectúen erogaciones por remuneración al trabajo personal subordinado, por los servicios
           prestados dentro del territorio del Estado de Oaxaca bajo la dirección o dependencia de un patrón o de un tercero, aun cuando
           estos tengan su domicilio fuera del Estado.”.

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