Page 86 - 009 Comisión Estatal del Agua para el Bienestar
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AMPLIACIÓN DE LA RED DE DRENAJE
7 SANITARIO (COLECTOR ZONA NORTE, CBNB- ABBAA0920 CREDITO BANOBRAS 2000
COLECTOR ZONA CENTRO Y COLECTOR 2000MDP/0271/220634/2022 MDP (IPP)
ZONA SUR
8 CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA CBNB- ABBA1020 CREDITO BANOBRAS 363
POTABLE 363MDP/0024/210032/2022 MDP (IPP)
PERFORACIÓN DE POZO PROFUNDO PARA
9 EL SISTEMA DE AGUA POTABLE DEL CBNB- ABBA1020 CREDITO BANOBRAS 363
FRACCIÓNAMIENTO HACIENDA BLANCA Y 363MDP/0045/220061/2022 MDP (IPP)
LA ESMERALDA
REHABILITACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA CBNB- ABBA1020 CREDITO BANOBRAS 363
10 POTABLE SECTOR 1 EN EL MUNICIPIO DE 363MDP/0202/30770/2020 MDP (IPP)
SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
ABBAA0920 CREDITO BANOBRAS 2000
11 CONSTRUCCION DE 4 SANITARIOS SECOS CBNB- MDP (IPP)
(2DA ETAPA DE 2) 2000MDP/0051/220069/2022 ABBAA1020 CREDITO BANOBRAS 363
MDP (IPP)
ABBAA0920 CREDITO BANOBRAS 2000
12 CONSTRUCCION DE 36 SANITARIOS CBNB- MDP (IPP)
SECOS (1RA ETAPA DE 2) 363MDP/0050/220068/2022 ABBAA1020 CREDITO BANOBRAS 363
MDP (IPP)
FUENTE: Documentación presentada por la Entidad Fiscalizable correspondiente al ejercicio fiscal 2022.
RESULTADO: AF-011 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable: Registros presupuestales y
contables, Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC’S), que formo parte de la muestra, correspondiente a 12 obras,
se observó que no presentaron documentación comprobatoria por un importe de $32,503,175.75 (Treinta y
dos millones quinientos tres mil ciento setenta y cinco pesos 75/100 M.N.), toda vez que no exhibieron los
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s) globales que amparen los pagos de las estimaciones.
Incumpliendo con lo establecido, en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original
que compruebe y justifique los registros que se efectúen. El consejo aprobará las disposiciones generales al respecto, tomando
en cuenta los lineamientos que para efectos de fiscalización y auditorías emitan la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría
Superior de la Federación y sus equivalentes a nivel estatal.”.
artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos
que para tal efecto establezca el consejo.”.
Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
artículo 4 párrafo tercero: “El ejercicio del presupuesto, resguardo y custodia de la documentación justificativa y comprobatoria
es responsabilidad de los Ejecutores de gasto…”.
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
artículo 163 párrafo tercero: Así mismo serán responsables de colocar en la documentación justificativa y comprobatoria del
gasto el sello de operado. Identificando la denominación del recurso aplicado, ejercido y comprobado.
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