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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
II.- Garantizar la medición del desempeño de la gestión pública y contribuir a la articulación y congruencia de los diversos
programas presupuestarios;
III.- …
IV.- …
V.- …
VI.- …
VII.- …”
Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
“Artículo 4.- …
Los Ejecutores de gasto serán responsables de planear, programar, presupuestar sus actividades institucionales, así como
establecer medidas para la administración interna, controlar y evaluar sus actividades.
El ejercicio del presupuesto, resguardo y custodia de la documentación justificativa y comprobatoria es responsabilidad de
los Ejecutores de gasto.
…
…
…
Los Ejecutores de gasto deberán vigilar el balance presupuestario de sus operaciones, así como el cumplimiento de metas
y objetivos de los programas presupuestarios en los que participe.
…”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
“Artículo 6.- Dentro de su ámbito de competencia los titulares de las Dependencias y Entidades, así como las Unidades de
administración, son responsables de planear, programar, presupuestar, ejercer, controlar y evaluar sus programas
conforme a la Ley, al presente Reglamento, a los Acuerdos, lineamientos, manuales, catálogos, glosarios y demás
disposiciones legales aplicables.
Los resultados obtenidos se medirán a través de indicadores de desempeño.”
“Artículo 7.- Son obligaciones a cargo de las Dependencias y Entidades entre otros, los siguientes:
a) Titulares de las Dependencias y Entidades:
I.- …
II.- …
III.- Vigilar el cumplimiento de los indicadores contenidos en el programa presupuestario a su cargo o del cual participe;
IV.- …
V.- …
VI.- …
VII.- …
VIII.- …
IX.- …
X.- …
XI.- …
XII.- …
b) …
I.- …
II.- …
III.- …
IV.- …
V.- …
VI.- …
VII.- …
VIII.- …
IX.- …
X.- …
XI.- …
XII.- …
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