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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

“Que mediante oficio número PM/MA/074/2023 de fecha 17 de agosto de 2023, fue notificado el                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
expresidente municipal Jesús Santiago Santiago del periodo 2020-2022, con fecha 18 de agosto de
2023, los resultados finales y observaciones preliminares de esta auditoría financiera del ejercicio 2022,
y se le emplazó, para que presentara las aclaraciones y justificaciones necesarias para solventar
las observaciones realizadas por esta autoridad, sin que a la fecha, haya proporcionado o exhibido
documentación o información alguna, motivo por el cual no se anexa información.”

En consecuencia, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:

Recomendación.
2022-OA/CPM/001/2023-RE-01
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Magdalena Apasco, Distrito de Etla, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación que
compruebe, justifique o aclare lo relativo a:

Los ingresos del Ramo General 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, del
Ramo 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y del Ramo 33 Fondo IV, Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), respectivamente; se observó que los Comprobantes
Fiscales Digitales por Internet (CFDI) expedidos a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, fueron

expedidos fuera del plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las

participaciones y aportaciones; cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-SEG-03.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 95
fracción II párrafo segundo, que a la letra dice:

         Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

         Artículo 95 fracción II párrafo segundo: “Expedir el comprobante fiscal digital a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca en un plazo
         máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones, aportaciones y demás recursos federales aprobados
         en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación a favor del Municipio”.

RESULTADO: AF-06  CON OBSERVACIÓN

De la revisión al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022, se constató que dicho documento

fue autorizado según Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 10 de diciembre de 2021,

por un importe aprobado en cantidad de $ 31,369,521.90 (Treinta y un millones trescientos
sesenta y nueve mil quinientos veintiún pesos 90/100 M.N.), y del análisis efectuado al Estado
Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo

y Concepto) del 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2022, integrado en la Cuenta Pública del

ejercicio fiscal 2022, se detectó que la Entidad Fiscalizable reflejó un presupuesto modificado por

el importe total de $ 38,947,600.23 (Treinta y ocho millones novecientos cuarenta y siete mil
seiscientos pesos 23/100 M.N.), de lo que se desprende que la variación entre el Presupuesto de
Egresos Modificado en relación con el Presupuesto de Egresos Aprobado es de $ 7,578,078.33
(Siete millones quinientos setenta y ocho mil setenta y ocho pesos 33/100 M.N.), observando
que no presentó las actas de cabildo en las que autorizaron las modificaciones realizadas al

Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022 y la evidencia en la que se identifiquen las

ampliaciones y reducciones al presupuesto de egresos aprobado, así como tampoco presentó

evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones al presupuesto;

así mismo no fueron publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta

Municipal, como se detalla a continuación:

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