Page 52 - 002 Magdalena Peñasco
P. 52

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  integrantes de la autoridad municipal para la ejecución de todas sus obras por invitación restringida
                                                  con los recursos del ramo 33, con fundamento en los artículos 43 y 44 de la Ley de Obras Públicas
                                                  y Servicios relacionados del Estado de Oaxaca, y donde se acuerda, aprueba y autoriza bajo su
                                                  responsabilidad la ejecución de todas las obras por invitación restringida con fundamento en el
                                                  artículo 46 último párrafo.

                                                  Documento que acredita que la Entidad Fiscalizable remitió información referente a este resultado,
                                                  sin embargo, se determinó que este resulta insuficiente para solventar la observación emitida, toda
                                                  vez que:

                                                  No presenta la información que hace referencia al acta para su análisis y posterior acuerdo, así como
                                                  la evidencia justificativa del haber excedido del 30% del presupuesto en materia de Obra Pública.

                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
                                                  subsiste la observación. Por lo que se emite:

                                                  Solicitud de Aclaración
                                                  2022-OA/CPM/002/2023-SA-06
                                                  Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Magdalena Peñasco, Distrito de Tlaxiaco,
                                                  Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                  documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a que la suma de los montos
                                                  contratados por excepción a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del
                                                  30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:

                                                                    MODALIDAD                              NÚMERO DE OBRAS     IMPORTE      PORCENTAJE
                                                                                                              CONTRATADAS   CONTRATADO

                                                      LICITACIÓN PÚBLICA                                   0                $ 0.00          0.00%
                                                      LICITACIÓN PÚBLICA
                                                                                                           0                $ 0.00          0.00%
                                                             SUB TOTAL

                                                                      EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA    09               $12,345,752.00   94.75%
                                                  INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES CONTRATISTAS  03                 $684,252.62    05.25%
                                                                                                           12                               100.00%
                                                                                  ADJUDICACIÓN DIRECTA                      $13,030,004.62
                                                                                           SUB TOTAL

                                                                    TOTAL                                  12               $13,030,004.62  100.00%

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
                                                  Estado de Oaxaca, Artículo 46 tercer párrafo, que a la letra dice:

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                           Artículo 46 tercer párrafo. - “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de
                                                           invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio
                                                           de la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier
                                                           techo financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”

                                                  RESULTADO: AF-27         CON OBSERVACIÓN

                                                  Para determinar que los contratos de obra pública celebrados durante el ejercicio 2022 estuvieron
                                                  dentro del rango de aplicación establecido en el artículo  73 fracción  VII del Presupuesto de
                                                  Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 aplicado conforme a lo dispuesto en el
                                                  artículo 46 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, se analizó el
                                                  Presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2021 del municipio, en el estado analítico del ejercicio
                                                  del presupuesto de egresos clasificación por objeto del gasto (capitulo y concepto) del 01 de enero

                                                  50
   47   48   49   50   51   52   53   54   55   56   57