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INFORME INDIVIDUAL
CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2018


2018-OA/CPE/002-REC-002 Recomendación

Para que la Secretaría de Seguridad Pública, realice acciones para la implementación de un sistema
de control interno, que esté integrado con los procesos institucionales y sujeto a la autoevaluación
y mejora continua, así como procedimientos o mecanismos que fortalezcan las debilidades e
insufciencias determinadas en la evaluación de los componentes de control interno; informando a
este Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca de las mejoras realizadas y las acciones
emprendidas.

Resultado 13 (con observación). De la revisión y análisis a la información proporcionada, se constató 11
que la Entidad Fiscalizada, no cuenta con un Manual de Organización y Manual de Procedimiento.
Así mismo, su Reglamento Interno no se encuentra actualizado.

En respuesta y como acción derivada de la presentación de resultados fnales y observaciones
preliminares, la entidad fscalizada a través del ofcio número OSSP/0887/2019, remitió copia
certifcada de: documentación referente a la solventación, y un CD con información soporte para el
resultado.

Una vez analizada la documentación e información presentada, el Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, determinó que subsiste la observación, toda vez que, no presentó el reglamento
interno actualizado y los manuales de organización y procedimientos.

2018-OA/CPE/002-REC-003 Recomendación

Para que la Secretaría de Seguridad Pública, realice acciones de seguimiento a fn de contar con el
Reglamento Interno actualizado y sus manuales de organización y de procedimientos, informando a
este Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca las acciones emprendidas y las mejoras
realizadas.


Resultado 14 (con observación). De la verifcación realizada a la plataforma de transparencia de la
Entidad Fiscalizada, se constató que no publicó la información en base a la tabla de aplicabilidad
Integral, referente al artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, en las fracciones que se detallan: XIV y XLV.

Así mismo, con relación al artículo 80 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, no publicó la información correspondiente a las fracciones I, II y III.

En respuesta y como acción derivada de la presentación de resultados fnales y observaciones
preliminares, la entidad fscalizada a través del ofcio número OSSP/0887/2019, remitió copia
certifcada de: ofcio de atención al resultado, comprobante de procesamiento emitido por el sistema
de portales de obligaciones de transparencia y acuerdo de cumplimiento emitido por el Instituto de
Acceso a la Información Pública y Protección de datos Personales.

Una vez analizada la documentación e información presentada, el Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, determinó atendida la observación, toda vez que, presentó información, la
cual fue verifcada.

Resultado 15 (con observación). De la verifcación a la página de internet de la Entidad Fiscalizada,
se constató que no puso a disposición del público, lo correspondiente a la información contable,
presupuestaria, programática y la demás información complementaria, señalada en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental.
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