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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Solicitud de Aclaración:                                                                                           Solicitud de Aclaración:
                            2023-OA/CPE/10/2024-SA-05                                                                                          2023-OA/CPE/10/2024-SA-06

                            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que  Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación
                            compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”                       que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para
                            atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:                                             atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:

                            Presenta Acta Recepción y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas, Dictamen                                   Presenta Acta Recepción y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas, Dictamen
                            Técnico, Dictamen de Cumplimiento y Notificación de Fallo.                                                         Técnico, Dictamen de Cumplimiento y Notificación de Fallo.

                            De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la                          De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
                            Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de                         Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de
                            Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como solventada la observación.                                       Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como solventada la observación.

                            El siguiente resultado AF-11 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                       El siguiente resultado AF-12 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                         transcribe a continuación:

                            “RESULTADO: AF-11  CON OBSERVACIÓN                                                                                 “RESULTADO: AF-12  CON OBSERVACIÓN

                            De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativo a los   De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, así como a la
                            registros presupuestales, contables y Cuenta por Liquidar Certificadas (CLC´s) de la partida Servicios de          Verificación e Inspección Física realizada el día 04 de junio de 2024, consistente en un expediente técnico de la obra
                            Consultoría Administrativa, de Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información, presupuestada y pagada        denominada: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE - 58 CAPTACIONES DE AGUA DE LLUVIA(ETAPA ÚNICA)”,
                            con la fuente de financiamiento AECAAO523 “Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades                ubicada en la Localidad de Rancho Cafetal, Municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, Ejercida con la fuente de
                            Federativas”, que formó parte de la muestra de auditoría; se observó la falta del acta de apertura de las          financiamiento AEAAA1023 ANEXO 6 REASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS y BEBJZ0523 PROGRAMA DE AGUA POTABLE,
                            propuestas y el dictamen de la Licitación Pública Nacional LPE-SA-CA-0072-11/2023. por un importe de               DRENAJE Y TRATAMIENTO (PROAGUA) mediante oficios de Autorización SF/SPIP/DPIP/RAX6/0274/2023 y
                            $11,850,000.00 (Once millones ochocientos mil pesos, 00/100 M.N.).                                                 SF/SPIP/DPIP/PROAGUA/0074/2023, en la modalidad de LICITACION PUBLICA NACIONAL, contrato número 12R100-
                                                                                                                                               PROAGUA-101-02-03/2023, de fecha 11 de julio de 2023, a nombre del contratista Grupo Constructor DIEMAR, S.A DE C.V.,
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero y 43 de la Ley General de Contabilidad         por un importe total contratado de $5,315,856.65 (Cinco millones trescientos quince mil ochocientos cincuenta y seis
                            Gubernamental; 4 párrafo tercero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; artículo 32        pesos 65/100M.N.); que formó parte de la muestra de Auditoría; se detectaron conceptos de obra que presentan
                            párrafo primero, fracciones III y IV de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de      Defectos o vicios ocultos, como se relaciona en el ANEXO DAE-VIF-01, por un importe de $228,749.76 (Doscientos
                            Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca;186 del Reglamento de la Ley         veintiocho mil setecientos cuarenta y nueve pesos 76/100 M.N.), así mismo, se observó que existen irregularidades en
                            Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                               la integración del expediente técnico, debido a que no presentó la Responsiva del Director Responsable de Obra
                                                                                                                                               (D.R.O).

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:

                                                                                                                                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos 66 párrafo primero de la Ley de Obras Públicas y Servicios
                                                                                                                                               Relacionados con las Mismas; 118 fracción III de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado
                                                                                                                                               de Oaxaca; 55 y 56 fracción I del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.

                                                                                                                                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve las siguientes acciones:

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