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El siguiente resultado AF-09 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que Solicitud de Aclaración: INFORME FINAL DE AUDITORÍA
se transcribe a continuación: 2023-OA/CPE/10/2024-SA-04
“RESULTADO: AF-09 CON OBSERVACIÓN Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
compruebe, justifique o aclare, la diferencia en el Estado del ejercicio Presupuestal entre el momento devengado y el
De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativo a los registros pagado, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”
presupuestales, contables y Cuenta por Liquidar Certificadas (CLC´s) de la partida Derechos, presupuestada y pagada
con la fuente de financiamiento AECAA0523 “Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas”, La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para
que formó parte de la muestra de auditoría; se observó la falta de documentación comprobatoria, cómo se detalla atender el resultado antes transcrito.
en el Anexo DAE-AF-05, por un importe de $484,326.00 (Cuatrocientos ochenta y cuatro mil trecientos veintiséis
pesos 00/100 M.N.). Presenta Tarjeta Informativa, Pólizas de Egresos, Comprobantes Bancarios, Cuentas por
Liquidar Certificadas, Formato de Pago de Contribuciones Federales, Resumen de la
De igual manera, se detectó que, al 31 de diciembre de 2023, existen diferencias en el Estado del ejercicio Presupuestal Declaración de Pago en Aguas Nacionales y Memorandum´s.
entre el momento devengado y el pagado, situación que pone de manifiesto que la información financiera no cumple
con los criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de comparación, como se detalla a De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
continuación: Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente, toda vez que, presentó documentación
comprobatoria y justificativa del gasto por un importe de $484,326.00 (Cuatrocientos
DEVENGADO PAGADO SEGÚN ochenta y cuatro mil trecientos veintiséis pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO
ESTADO DEL DAE-AF-05-SOLV; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
NUM PARTIDA FUENTE DE SEGÚN ESTADO EJERCICIO DIFERENCIA Oaxaca, concluye como solventadas las observaciones.
FINANCIAMIENTO DEL EJERCICIO $687,838.00
PRESUPUESTAL
PRESUPUESTAL
$687,838.00
AECAA0523 FONDO DE
ESTABILIZACIÓN DE LOS
1 DERECHOS INGRESOS DE LAS $1,375,676.00
ENTIDADES El siguiente resultado AF-10 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
FEDERATIVAS
Fuente: Estado del ejercicio presupuestal, presentados por la entidad fiscalizable.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 16, 17, 38 fracción I, 41, 42 párrafo primero, 43 y 44 párrafo segundo de “RESULTADO: AF-10 CON OBSERVACIÓN
la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 4 párrafos tercero y cuarto, y 48 párrafo primero de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23, 186, 187, 190 párrafos primero y segundo del Reglamento de la Ley De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativo a los registros
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. presupuestales, contables y Cuenta por Liquidar Certificadas (CLC´s) de la partida Equipo de Cómputo y Tecnología
de la Información, presupuestada y pagada con la fuente de financiamiento AECAA0523 “Fondo de Estabilización de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve las siguientes acciones: los Ingresos de las Entidades Federativas”, que formó parte de la muestra de auditoría; se observó la falta del acta
de apertura de las propuestas y el dictamen de la Licitación Pública Nacional LPE-SA-CA-0072-11/2023 por un importe
Pliego de Observaciones: de $149,999.99 (Ciento cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N).
2023-OA/CPE/10/2024-PO-06
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero y 43 de la Ley General de Contabilidad
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que Gubernamental; 4 párrafo tercero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; artículo 32 párrafo
justifique, aclare o en su caso, presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $484,326.00 (Cuatrocientos primero, fracciones III y IV de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
ochenta y cuatro mil trecientos veintiséis pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado. Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca;186 del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
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