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Oficio de solicitud de procedimiento número INPAC/DG/UA/1325/2023 de fecha 05 de junio                                      procedimientos, acciones, mecanismos e instrumentos de control; además, manifestó que no cuenta con sistemas                 INFORME FINAL DE AUDITORÍA
de 2023; oficio número SA/CAEASEO/ST/E-XIV/0001/06/2023 de fecha 09 de junio de 2023;                                       informáticos autorizados que apoyen el desarrollo de sus actividades; no tiene establecido un plan o programa contra
convenio modificatorio No. 1 al contrato No. INPAC/01/DG/UA/AD-AFIE22/2023; dictamen                                        desastres que incluya la recuperación de datos, hardware y software.
técnico; especificaciones técnicas modificadas de los servicios contratados; oficio de
solicitud para llevar a cabo modificaciones al proyecto; oficio de respuesta de solicitud de                                Información y Comunicación
nueva cotización de fecha 12 de julio de 2023; presupuesto con las especificaciones técnicas                                La Entidad Fiscalizable no cuenta con un mecanismo o instrumento para la elaboración de informes respecto del logro
y cantidades actualizadas; reporte fotográfico del servicio; presupuesto de acción de la                                    de objetivos y metas institucionales, en el cual dé a conocer periódicamente al Titular de la Entidad la situación que
Entidad Fiscalizable debidamente autorizado con la firma correspondiente y requisitos                                       guarda el funcionamiento general del Sistema de Control Interno; no cuenta con un sistema informático formalmente
técnicos del proveedor descritos en el numeral 3 de las especificaciones técnicas.                                          alineado al Plan Estratégico Institucional, y un procedimiento formal establecido para el resguardo de información física
De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la                                   y electrónica.
Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente; por lo anterior, esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como solventada la observación.                                                Supervisión
                                                                                                                            La Entidad Fiscalizable no utiliza los resultados de las auditorías para retroalimentar a cada uno de los responsables y
El siguiente resultado AC-10 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                                mejorar el proceso, ni cuentan con un plan de acción para reducir la recurrencia de observaciones emitidas.
transcribe a continuación:
                                                                                                                            En razón de lo expuesto, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera que la Entidad Fiscalizable
“RESULTADO: AC-10 CON OBSERVACIÓN                                                                                           no ha realizado acciones para la implementación de un Sistema de Control Interno que contribuyan a fortalecer sus
                                                                                                                            procesos institucionales, que garanticen el cumplimiento de sus objetivos, por lo que es necesario integrar y realizar
Del análisis y revisión a las respuestas y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativa al Cuestionario    procedimientos o mecanismos que fortalezcan el control interno; así mismo, es necesario establecer procesos
de Control Interno respecto a los cinco componentes del Modelo COSO, se determinó que obtuvo un puntaje de 59               institucionales, autoevaluación y mejora continua, para garantizar el cumplimiento de los objetivos, la normativa y la
puntos sobre un total de 100 que conforman los valores de los 5 componentes del Control Interno; lo que ubica al            transparencia en su gestión.
Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, en un nivel medio, observando que existen áreas de oportunidad
que requieren atención para fortalecer su Sistema de Control Interno Institucional, como se detalla a continuación:         Incumpliendo con lo establecido en los artículos 7 fracciones I, V y VI de la Ley General de Responsabilidades
                                                                                                                            Administrativas; 5 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 8, 12 y 16 de la Ley
Ambiente de Control                                                                                                         Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 13 fracción VIII de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de
La Entidad Fiscalizable presentó las actas de instalación de los siguientes comités: Comité de Ética y de Prevención de     Oaxaca; 4 y 8 de la Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca; Acuerdo por el que se
Conflicto de Interés, Comité de Control Interno, Comité de Transparencia, Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y         emite el Modelo Estatal del Marco Integrado de Control Interno para el Sector Público del Estado de Oaxaca, publicado
Servicios, Comité de Obras Públicas, así como la acta de instalación de la Junta Directiva, sin embargo, no presentó        en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 5 de agosto de 2017; Acuerdo por el que se emiten las
evidencia de las actas de sesiones ordinarias realizadas durante el ejercicio 2023; así mismo, carece de un Programa        Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno para la Administración
formal de actualización y capacitación para el personal, que permita desarrollar competencias profesionales                 Pública Estatal, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 8 de junio de 2019; Acuerdo por el
apropiadas para los puestos clave.                                                                                          que se expiden las Disposiciones en Materia de Control Interno y el Manual Administrativo de Aplicación General en
                                                                                                                            materia de Control Interno, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 6 de julio de 2023.
Administración de Riesgos
La Entidad Fiscalizable no cuenta con un Programa de Trabajo de Administración de Riesgos, a través del cual se             Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
identifiquen, analicen y se determinen acciones para el tratamiento de riesgos que puedan impactar significativamente
al Control Interno, así como responsables de su ejecución; presentó una Matriz de Riesgos, sin embargo, el documento        Solicitud de Aclaración:
presentado no es legible, por lo que no acreditó que identifican, documentan y evalúan los riesgos asociados con el
cumplimiento de los objetivos y metas institucionales; además, carece de un lineamiento, procedimiento, manual o            2023-OA/CPE/13/2024-SA-04
guía que establezca a los responsables de los procesos y la metodología para identificar, evaluar y dar respuesta a los
riesgos de corrupción, abusos y fraudes potenciales que pudieran afectar el cumplimiento de sus objetivos y metas.          Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
                                                                                                                            justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.
Actividades de Control
La Entidad Fiscalizable no cuenta con un Programa de Trabajo de Control Interno, por lo que, no estableció actividades      La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para
de control que ayuden a dar respuesta y reducir los riesgos identificados, así mismo, no evalúa y actualiza las políticas,  atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:

                                                                                                                            Tarjeta informativa signada por el Director General del INPAC, en la que presenta los
                                                                                                                            argumentos para cada uno de los componentes del Control interno, como se detalla:

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