Page 22 - Matias Romero Avendaño
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-31. como solventado el resultado AF-32.
El siguiente resultado AF-32 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se El siguiente resultado AF-33 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: transcribe a continuación:
(…) CON OBSERVACIÓN (…) CON OBSERVACIÓN
“RESULTADO: AF-32 “RESULTADO: AF-33
De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3551 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3571 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTTO. DE MAQUINARIA,
TRANSPORTE; se constató que la entidad fiscalizada afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS; se constató que la entidad fiscalizada afectó el Presupuesto de
$302,186.39 (Trescientos dos mil ciento ochenta y seis pesos 39/100 M.N.), observando que los Egresos en cantidad de $201,221.37 (Doscientos un mil doscientos veintiún pesos 37/100 M.N.),
registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la
justificativa del gasto relativa a la solicitud que especifique la necesidad para la contratación del documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud que especifique la necesidad de la
servicio, la autorización correspondiente y la evidencia de los trabajos realizados; como se detalla en adquisición del servicio; la autorización correspondiente y la evidencia de los trabajos realizados,
el ANEXO DAM-FC-31. como se detalla en el ANEXO DAM-FC-32.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafos primero y 70 fracción I y II de la Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafos primero y 70 fracción I de la Ley
Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y acuerdo por el que se emite el Clasificador por Objeto
del Gasto.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción: acción:
Pliego de Observaciones. Pliego de Observaciones.
2023-OA/CPM/016/2024-PO-25 2023-OA/CPM/016/2024-PO-26
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $302,186.39 (Trescientos documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $201,221.37 (Doscientos
dos mil ciento ochenta y seis pesos 39/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este un mil doscientos veintiún pesos 37/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.” resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31-SOL-31. observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-32-SOL-32.
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