Page 19 - Matias Romero Avendaño
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Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las INFORME FINAL DE AUDITORÍA
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-24-SOL- observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-25-SOL-25.
24.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-25. como solventado el resultado AF-26.
El siguiente resultado AF-26 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se El siguiente resultado AF-27 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: transcribe a continuación:
(…) (…) CON OBSERVACIÓN
“RESULTADO: AF-26 “RESULTADO: AF-27
CON OBSERVACIÓN De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3311 SERVICIOS PROFESIONALES DE TRÁMITES LEGALES,
NOTARIALES; se constató que la entidad fiscalizada afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3291 ARRENDAMIENTO DE MESAS, SILLAS, UTENSILIOS DE $348,000.00 (Trescientos cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.), observando que los registros
COCINA, MANTELERÍA, LONAS, CARPAS Y SIMILARES.; se constató que la entidad fiscalizada afectó el contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del
Presupuesto de Egresos en cantidad de $65,390.10 (Sesenta y cinco mil trescientos noventa pesos gasto relativa a la solicitud que especifique la necesidad del servicio; la autorización para la
10/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados contratación y la evidencia de los trabajos realizados referente a los entregables; como se detalla en
con la documentación comprobatoria del gasto relativa al Comprobante Fiscal Digita por Internet, y el ANEXO DAM-FC-26.
tampoco la documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud que especifique la necesidad
del servicio, y la autorización correspondiente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-25. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
General de Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción: Pliego de Observaciones.
Pliego de Observaciones. 2023-OA/CPM/016/2024-PO-20
2023-OA/CPM/016/2024-PO-19 Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $348,000.00
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la (Trescientos cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $65,390.10 (Sesenta y resultado.”
cinco mil trescientos noventa pesos 10/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.” (…)
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
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