Page 8 - Nejapa de Madero
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA (Setecientos sesenta y cuatro mil doscientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación CONCEPTO INGRESOS SEGÚN MINISTRACIONES
detallada en este resultado. RECIBIDAS DE LA SECRETARÍA DE
RAMO 28, PARTICIPACIONES A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS FINANZAS
(…) 8,702,845.00
FONDO III FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL 17,598,916.51
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: (FAISMUN)
FONDO IV FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS 7,601,830.90
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas (FORTAMUN) 200,000.00
anteriormente en cantidad de $764,200.00 (Setecientos sesenta y cuatro mil doscientos
pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-SOL-01. OTROS PROGRAMAS ESTATALES
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 37, 42, 43, 67 párrafo primero y 70 De los cuales, se constató que los recursos ministrados fueron registrados en el Sistema de
fracciones I y II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Contabilidad que manejó el Municipio en el ejercicio fiscal 2023; además se comprobó que fueron
Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de depositados en las cuentas bancarias productivas especificas aperturadas para el ejercicio fiscal
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración 2023; sin embargo, se detectaron las inconsistencias detalladas en el ANEXO DAM-FC-01.
de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del
Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023 y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Incumpliendo con lo establecido en los artículos 37, 41, y 70 fracción III de la Ley General de
Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Contabilidad Gubernamental; y 95 fracciones II y III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, emite:
concluyendo como no solventado el resultado AF-02.
Recomendación.
El siguiente resultado AF-03 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: 2023-OA/CPM/019/2024-RE-01
(…) CON OBSERVACIÓN Esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda a la Entidad Fiscalizable,
que en lo subsecuente, registre de manera correcta en cada fondo los recursos ministrados por la
“RESULTADO: AF-03 Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.”
De la revisión y análisis a la documentación presentada por el Municipio, relativa a los registros de los (…)
ingresos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se
constató que ministró lo siguiente: La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SOL-02.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como atendido el resultado AF-03.
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