Page 19 - San Felipe Usila
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Solicitud de aclaración: INFORME FINAL DE AUDITORÍA
de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de 2023-OA/CPM/037/2024-SA-01
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye resultado.”
como no solventado el Resultado: AF-20.
(…)
El siguiente Resultado: AF-21 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
Auditoría, mismo que se transcribe a continuación: Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
(…) transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por
“RESULTADO: AF-21 SIN OBSERVACIÓN aceptadas las observaciones realizadas.
De la revisión a la documentación presentada por el Municipio y a la documentación proporcionada Incumpliendo con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley de Planeación, Desarrollo
por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, se constató que Administrativo y Servicios Públicos Municipales.
durante el ejercicio fiscal 2023, el H. Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec,
Oaxaca, no contrató Deuda Pública en donde comprometiera los recursos. Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
como no solventado el Resultado: AF-22.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
alguna respecto a este resultado.” El siguiente Resultado: AF-23 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:
(…)
(…)
Debido a lo anterior, este Resultado: AF-21 permanece sin observación.
“RESULTADO: AF-23 CON OBSERVACIÓN
El siguiente Resultado: AF-22 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se De la revisión efectuada a la documentación proporcionada por el H. Ayuntamiento del Municipio de
transcribe a continuación: San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, se verificó que no anexó el documento denominado
“Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2023” y como resultado de la consulta realizada
(…) al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica
http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que no fue publicado.
“RESULTADO: AF-22 CON OBSERVACIÓN
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 26 A de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
De la revisión efectuada a la documentación presentada por el H. Ayuntamiento del Municipio de San del Estado de Oaxaca.
Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, se constató que no anexó el documento básico para la
ejecución de obras denominado: Programa Anual de Obra Pública, del ejercicio Fiscal 2023 y como Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de acción:
Oaxaca, en la dirección electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que no se
encuentra publicado, igualmente no presentó evidencia de su publicación en otros medios, como la Solicitud de aclaración:
Gaceta Municipal o revistas especializadas en temas municipales. 2023-OA/CPM/037/2024-SA-02
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley de Planeación, Desarrollo documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este
Administrativo y Servicios Públicos Municipales. resultado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente (…)
acción:
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