Page 7 - San Mateo Rio Hondo
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El siguiente resultado AF-02 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                                        no presentó el acuse de recepción de la Auditoría Superior de Fiscalización del                                                 INFORME FINAL DE AUDITORÍA
transcribe a continuación:                                                                                                          Estado de Oaxaca, por lo que se considera no solventado este punto.

(…)                                                                                                                           • Respecto al punto 4 requerido, presentó documentación correspondiente a este
                                                                                                                                    resultado como se detalla a continuación: La Ley de Ingresos del Municipio de San
“RESULTADO: AF-02  CON OBSERVACIÓN                                                                                                  Mateo Río Hondo, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, para el ejercicio fiscal 2023; sin
                                                                                                                                    embargo, no presentó la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado
De la revisión a la documentación presentada por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del                                  de Oaxaca, por lo que se considera no solventado este punto.

Gobierno del Estado de Oaxaca, se corroboró que el Municipio de San Mateo Río Hondo, Distrito de                              • Respecto al punto 5 requerido, no presentó documentación referente a: El
                                                                                                                                    Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2023, por lo que se considera no
Miahuatlán, Oaxaca, recibió un total de recursos de $21,702,906.68 (Veintiún millones setecientos dos                               solventado este punto.

mil novecientos seis pesos 68/100 M.N) como se detalla en el cuadro anterior “Anexo 01”, del cual no                          • Respecto al punto 6 requerido, no presentó documentación referente a: Los Estados
                                                                                                                                    Financieros debidamente firmados por la Comisión de Hacienda, por el periodo del
presentó documentación comprobatoria y justificativa del gasto, en donde conste que las                                             1 de enero al 31 de diciembre de 2023, por lo que se considera no solventado este
                                                                                                                                    punto.
erogaciones se ejercieron en los conceptos y partidas autorizadas en su Presupuesto de Egresos, y se
encuentren registrados en el sistema de contabilidad; además, que cumplan con las disposiciones                               • Respecto al punto 7 requerido, no presentó documentación referente a: Los Libros
                                                                                                                                    Diario, Mayor e Inventarios y Balances, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, por lo
jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público, respecto a la contratación de servicios,                           que se considera no solventado este punto.

obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y                            • Respecto al punto 8 requerido, presentó documentación correspondiente a este
                                                                                                                                    resultado como se detalla a continuación: 20 recopiladores que contienen la
baja de bienes muebles e inmuebles. Toda vez que, no presentó la información y documentación,                                       siguiente información: pólizas de Ingresos, Egresos y Diario con su soporte
                                                                                                                                    documental de los Ingresos y Gasto Público Municipal del ejercicio fiscal 2023; de
requerida en la Orden de Auditoria: OA/CPM/065/2024 de fecha 20 de febrero de 2024 relativa a los                                   dicha información presentada por la Entidad Fiscalizable, así como de la
                                                                                                                                    información contenida en los Estados Financieros, en la Balanza de Comprobación
puntos 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30, notificada mediante        detallada del 01 de enero al 31 de diciembre del 2023, en los auxiliares de cuentas
acta circunstanciada el veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro.                                                             contables y presupuestarias de las cuentas colectivas y en el respaldo del sistema
                                                                                                                                    de contabilidad, se determinó una muestra de $14,292,957.67 (Catorce millones
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos                              doscientos noventa y dos mil novecientos cincuenta y siete pesos 67/100 M.N.), para
Mexicanos; 42, 43, 55 67 y 70 fracciones I y II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 26                                 su revisión y análisis; con la finalidad de evaluar los resultados de la Gestión
primer párrafo y fracción I, 29, 29-A y 32-G fracción I del Código Fiscal de la Federación; 86 fracción                             Financiera de la Cuenta Pública, de acuerdo con el objetivo, alcance y pruebas
V, 96 y 99 fracciones I y III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, 12, 26 y 28 de la Ley de Fiscalización                         selectivas que se estimaron pertinentes, se observó los siguiente:
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 fracción XXII párrafo primero y 68 fracción
III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                                                                                                                                                                                           5

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:

Pliego de observaciones:
2023-OA/CPM/065/2024-PO-01.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $21,702,906.68 (Veintiún
millones setecientos dos mil novecientos seis pesos 68/100 M.N.), conforme a la observación detallada
en este resultado.”

(…)

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

      • Respecto al punto 1 requerido, presentó documentación correspondiente a este
            resultado como se detalla a continuación: La Cuenta Pública del Municipio de San
            Mateo Río Hondo, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, ejercicio fiscal 2023; sin embargo,
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