Page 15 - San Miguel Soyaltepec
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:               INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de               Pliego de Observaciones.
Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento      2023- OA/CPM/070/2024-PO-12
de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                                                                                         Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $44,279.52 (Cuarenta y
                                                                                                         cuatro mil doscientos setenta y nueve pesos 52/100 M.N.), conforme a la observación detallada en
Pliego de Observaciones.                                                                                 este resultado.”

2023- OA/CPM/070/2024-PO-11                                                                              (…)

Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la       La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $411,586.14                   antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
(Cuatrocientos once mil quinientos ochenta y seis pesos 14/100 M.N.), conforme a la observación
detallada en este resultado.”

(…)

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                    Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                     observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15-SOL-15.

Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                    Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-14-SOL-14.                   suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                                                                                         como solventado el resultado AF-17.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                El siguiente resultado AF-18 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo              transcribe a continuación:
como solventado el resultado AF-16.

El siguiente resultado AF-17 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se             (…)                CON OBSERVACIÓN
transcribe a continuación:
                                                                                                         “RESULTADO: AF-18

(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                       De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3261 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA
                                                                                                         CONSTRUCCIÓN, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad
“RESULTADO: AF-17                                                                                        de $362,500.00 (Trescientos sesenta y dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.), observándose que los
                                                                                                         registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación
De la revisión a las sub-subcuenta 51291-2982 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA             justificativa del gasto como es el procedimiento de contratación en donde garanticen al municipio
PESADA Y DE CONSTRUCCIÓN, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos       las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y
en cantidad de $94,083.64 (Noventa y cuatro mil ochenta y tres pesos 64/100 M.N.), observándose          demás circunstancias pertinentes; la solicitud de necesidad, la autorización correspondiente,
la cantidad de $44,279.52 (Cuarenta y cuatro mil doscientos setenta y nueve pesos 52/100 M.N.),          evidencia del uso y destino final del servicio contratado; como se detalla a continuación:
debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la
documentación justificativa del gasto como son los tres referentes, la solicitud de las refacciones, la
autorización correspondiente, la constancia de recepción, la evidencia del uso y destino final del
recurso y la plantilla vehicular; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15.

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