Page 11 - San Miguel Soyaltepec
P. 11

Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                   La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                         INFORME FINAL DE AUDITORÍA
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-SOL-06.                     antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera               Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo             observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-07-SOL-07.
como solventado el resultado AF-08.

El siguiente resultado AF-09 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
transcribe a continuación:                                                                              suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                                                                                        como solventado el resultado AF-09.

(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                      El siguiente resultado AF-10 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                        transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-09

De la revisión a las sub-subcuenta 51211-2141 MATERIALES Y CONSUMIBLES PARA EQUIPOS Y BIENES            (…)                CON OBSERVACIÓN
INFORMÁTICOS, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad
de $123,695.26 (Ciento veintitrés mil seiscientos noventa y cinco pesos 26/100 M.N.), observándose      “RESULTADO: AF-10
la cantidad de $41,289.59 (Cuarenta y un mil doscientos ochenta y nueve pesos 59/100 M.N.), debido
a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación       De la revisión a las sub-subcuenta 51211-2161 MATERIAL, ARTÍCULOS Y ENSERES PARA EL ASEO, LIMPIEZA
justificativa del gasto como son los tres referentes, la solicitud de los consumibles, la autorización  E HIGIENE, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $
correspondiente, la constancia de recepción y la evidencia que demuestre el destino del recurso;        321,669.94 (Trescientos veintiún mil seiscientos sesenta y nueve pesos 94/100 M.N.), observándose
como se detalla en el ANEXO DAM-FC-07.                                                                  la cantidad de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros contables y
                                                                                                        presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto como es
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de        el procedimiento de contratación en donde garanticen al municipio las mejores condiciones
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos          disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias
primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de              pertinentes; la requisición de los artículos o materiales, la autorización correspondiente, la constancia
Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento        de recepción y la evidencia del destino final de los materiales o artículos; como se detalla en el ANEXO
de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y                    DAM-FC-08.
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de
Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de     Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                             Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                                                                                                        primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:               Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
                                                                                                        de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento
Pliego de Observaciones.                                                                                de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

2023-OA/CPM/070/2024-PO-04                                                                              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $41,289.59 (Cuarenta y
un mil doscientos ochenta y nueve pesos 59/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.”

(…)

                                                                                                                                                                                                                   9
   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15   16