Page 9 - San Pablo Huixtepec
P. 9

Solicitud de Aclaración:                                                                           realizado la propuesta del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal      INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                               2023.
            2023-OA/CPM/072/2024-SA-02
                                                                                                               Respecto a la observación que no acreditó que las modificaciones realizadas al Presupuesto
            Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la   de Egresos fueran publicadas y que se hayan remitido al Congreso del Estado para su
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en  conocimiento; la Entidad Fiscalizable NO presentó evidencia que justifique o aclare lo relativo
            este resultado.”                                                                                   a esta observación, en consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el
                                                                                                               artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca,
         (…)                                                                                                   por lo que se tienen por consentida la observación realizada.

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                          Respecto a la observación que no acreditó haber elaborado, aprobado y publicado el
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                           Presupuesto de Egresos Modificado del ejercicio fiscal 2023 y haber remitido copia al
                                                                                                               Congreso del Estado para su conocimiento, presentó copias certificadas del documento
Respecto a la observación que no acreditó haber aprobado el Presupuesto de Egresos para                        “PRESUPUESTO DE EGRESOS MODIFICADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023”, no obstante, en el
el ejercicio fiscal 2023, presentó copias certificadas del “ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA DE                   transitorio primero expone que el Presupuesto mencionado entrará en vigor a partir del 01
CABILDO PARA APROBAR EL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023…”, de                             de enero de 2024 y en el transitorio segundo expone que se aprobó en sesión de cabildo de
fecha 12 de diciembre del 2022. Con lo que se advierte que efectivamente la Entidad                            fecha 06 de febrero del 2024, lo cual excede en temporalidad la elaboración y aprobación
Fiscalizable acreditó la aprobación del Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2023.                         del mismo, toda vez que éste, de acuerdo con las fechas de elaboración y aprobación, no
                                                                                                               estuvo vigente durante el ejercicio fiscal 2023; asimismo, anexado al documento antes
Respecto a la observación que no acreditó haber publicado el documento presentado como                         mencionado, presentó copias certificadas del “ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA PARA LA
Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2023, la Entidad Fiscalizable NO presentó                      APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS MODIFICADO EJERCICIO FISCAL 2023…”, de fecha
evidencia que justifique o aclare lo relativo a esta observación, en consecuencia, no ejerció                  06 de febrero de 2024, lo cual excede en temporalidad la aprobación del mismo toda vez
a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y                        que éste, de acuerdo con las fechas de aprobación, no estuvo vigente durante el ejercicio
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tiene por consentida la                               fiscal 2023; y oficio de presentación número MSPH/PM/30/08/2024, de fecha 28 de agosto
observación realizada.                                                                                         del 2024, en el cual manifestó lo siguiente: “…Presupuesto de egresos modificado ejercicio
                                                                                                               2023. (Publicado en la gaceta municipal digital http:
Respecto a la observación que la Entidad Fiscalizable no acreditó que el Tesorero Municipal                    www.villasanpablohuixtepec.gob,mx/gacetas/)”, sin embargo, una vez revisado el enlace
haya realizado la propuesta del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos, presentó copias                       correspondiente, muestra la página bajo el título de “Gacetas” y muestra también archivos
certificadas del documento “ANTEPROYECTO PRESUPUESTO DE EGRESOS 2023.”; anexando a                             alojados en la misma. Al ingresar al que contiene el título “Presupuesto de Egresos”, se
este, oficio número MSPH/TM/18/11/2022, de fecha 30 de noviembre de 2022, suscrito por la                      muestra un archivo PDF denominado “Presupuesto de Egresos Modificado”, no obstante, éste
C. Teresa Isidro López, Tesorera Municipal de la Entidad Fiscalizable, dirigido al C. Andrés Diaz              no cuenta con la leyenda de “Gaceta Municipal”, fecha de publicación, número, volumen,
Ibáñez, Presidente Municipal de la Entidad Fiscalizable, mediante el cual remite el                            ejercicio fiscal, nombre del documento u otro elemento que lo pueda identificar como parte
Anteproyecto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2023, para que sea                            de la Gaceta Municipal del ejercicio en revisión; en consecuencia, no ejerció a su favor el
analizado y aprobado en sesión de cabildo, para posteriormente remitirlo al Órgano Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca y publicarlo en la Gaceta Municipal. Con lo que se
advierte que efectivamente la Entidad Fiscalizable acreditó que la Tesorera Municipal haya

                                                                                                               7
   4   5   6   7   8   9   10   11   12   13   14