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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              FIII-14-236 CONSTRUCCION DE PAVIMENTACION A BASE DE CARPETA ASFALTICA EN CALLES RIO SANTO              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                        DOMINGO, RIO TOMELLIN, RIO MILTEPEC, Y RIO MIXTECO, SECTOR J (2023) (2023), 12354-02-25-FIII-223       insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                        CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE PLUVIAL ENTRE CALLE DÍAZ ORDAZ Y MATAMOROS (2023) (2023), 12354-02-25-         concluyendo como solventado parcialmente el resultado AF-28.
                                        FIII-224 REHABILITACIÓN DEL DRENAJE SANITARIO, EN TRAMO BARRIO PASO ANCHO (2023) (2023), 12354-02-
                                        25-FIII-235 CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE PLUVIAL EN BARRIO NUEVO (2023) (2023), 12354-08-11-ING-FIS-001     El siguiente resultado AF-29 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
                                        CONSTRUCCIÓN DE BANQUETAS A BASE DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE JUAN ESCUTIA, COLONIA LA              auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
                                        GRADERA (2023) (2023), 12354-08-11-ING-FIS-112 CONSTRUCCIÓN DE SEÑALAMIENTO HORIZONTAL EN
                                        BOULEVARD JOSÉ MURAT (2023) (2023), 12354-08-11-ING-FIS-114 TRABAJOS COMPLEMENTARIOS Y EN AREAS        (…)               SIN OBSERVACIÓN
                                        EXTERIORES DEL EDIFICIO 3 DEL CENTRO CULTURAL DE SANTA MARÍA HUATULCO (2023) (2023) y 12354-08-11-
                                        ING-FIS-125 REHABILITACIÓN DEL BOULEVARD JOSÉ MURAT, MEDIANTE TRABAJOS DE BACHEO SUPERFICIAL,          “RESULTADO AF-29
                                        RENIVELACIONES LOCALES Y CAPA DE RODADURA DE UN RIEGO DEL (2023) (2023) y a la documentación
                                        presentada por entidad fiscalizable, se constató que efectuó la retención correspondiente el impuesto  De la revisión efectuada a la documentación técnica, contable y presupuestaria presentada por el H.
                                        sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal 3% y al cinco al millar. Sin embargo, no      Ayuntamiento del Municipio de Santa María Huatulco, Distrito de Pochutla, Oaxaca, se constató que
                                        realizó el entero ante las instancias correspondientes. Todo lo anterior en cantidad de $419,216.43    presentó el documento básico para la ejecución de obras denominado: Programa Anual de Obra
                                        (Cuatrocientos diecinueve mil doscientos dieciséis pesos 43/100 M.N.); como se detalla en el ANEXO     Pública, del ejercicio Fiscal 2023, y como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del
                                        DAM-FC-24.                                                                                             Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica
                                                                                                                                               http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que se encuentra publicado.“
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 64 párrafo tercero de la Ley Estatal de Hacienda del
                                        Estado de Oaxaca; y 94 Bis C de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca.                     (…)

                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:              Debido a lo anterior, este resultado AF-29 permanece sin observaciones.

                                        Pliego de Observaciones.                                                                               El siguiente resultado AF-30 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
                                                                                                                                               auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
                                        2023-OA/CPM/107/2024-PO-23
                                                                                                                                               (…)               SIN OBSERVACIÓN
                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $419,216.43 (Cuatrocientos  “RESULTADO AF-30
                                        diecinueve mil doscientos dieciséis pesos 43/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
                                        resultado.”                                                                                            De la revisión efectuada a la documentación proporcionada se verificó que el H. Ayuntamiento del
                                                                                                                                               Municipio de Santa María Huatulco, Distrito de Pochutla, Oaxaca, presentó el documento denominado
                                     (…)                                                                                                       “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2023”, y como resultado de la consulta realizada
                                                                                                                                               al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                        http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que se encuentra publicado.”
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                                               (…)
                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, respecto al
                            importe observado de $419,216.43 (Cuatrocientos diecinueve mil doscientos dieciséis                                Debido a lo anterior, este resultado AF-30 permanece sin observaciones.
                            pesos 43/100 M.N.), solventó la cantidad de $399,426.25 (Trescientos noventa y nueve mil
                            cuatrocientos veintiséis pesos 25/100 M.N.), en consecuencia, la cantidad de $19,790.18                            El siguiente resultado AF-31 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            (Diecinueve mil setecientos noventa pesos 18/100 M.N.) queda observada, como se detalla                            transcribe a continuación:
                            en el ANEXO DAM-FC-24-SOL-24.

                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 64 párrafo tercero de la Ley Estatal de
                            Hacienda del Estado de Oaxaca; y 94 Bis C de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de
                            Oaxaca.

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