Page 22 - Santa Maria Huatulco
P. 22
INFORME FINAL DE AUDITORÍA (…) CON OBSERVACIÓN Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 37, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
“RESULTADO: AF-25 Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
De la revisión a las sub-subcuentas 51371-3711 PASAJES AÉREOS; 51371-3751 VIÁTICOS NACIONALES y 51371- Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
3761 VIÁTICOS EN EL EXTRANJERO; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de no solventado el resultado AF-25.
Egresos en cantidades de $337,554.36 (Trescientos treinta y siete mil quinientos cincuenta y cuatro
pesos 36/100 M.N.), $581,904.10 (Quinientos ochenta y un mil novecientos cuatro pesos 10/100 M.N.) y El siguiente resultado AF-26 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
$246,002.85 (Doscientos cuarenta y seis mil dos pesos 85/100 M.N.), respectivamente; haciendo un transcribe a continuación:
importe total de $1,165,461.31 (Un millón ciento sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y un pesos
31/100 M.N.), observándose la cantidad de $1,154,260.31 (Un millón ciento cincuenta y cuatro mil (…) CON OBSERVACIÓN
doscientos sesenta pesos 31/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se
encuentran soportados con la documentación comprobatoria relativa al Comprobante Fiscal Digital “RESULTADO: AF-26
por Internet (CDFI) y ni la documentación justificativa del gasto como es la autorización de la comisión,
la evidencia del destino final del recurso, la invitación y/o convocatoria del evento, la orden de comisión, De la revisión a la sub-subcuenta 51381-3822 ACTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL; se constató que la
informe de actividades realizadas y convenio celebrado o contrato por la contratación del hospedaje. Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $3,782,553.29 (Tres millones
Además, el Municipio no se ajustó al plan de cuentas emitido por el Consejo Nacional de Armonización setecientos ochenta y dos mil quinientos cincuenta y tres pesos 29/100 M.N.); observándose que los
Contable para fines del registro de sus operaciones. Asimismo, no registró las transacciones en el registros contables y presupuestarios en cantidad de $3,630,553.29 (Tres millones seiscientos treinta mil
momento de su realización; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-22. quinientos cincuenta y tres pesos 29/100 M.N.), no se encuentran soportados con la documentación
justificativa del gasto como lo es el procedimiento de contratación en donde garanticen al municipio
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 37, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y circunstancias pertinentes; el requerimiento para la adquisición de los artículos, la solicitud para la
Responsabilidad Hacendaria. contratación del servicio, la autorización correspondiente y la constancia de recepción. Además, el
Municipio no se ajustó al plan de cuentas emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: para fines del registro de sus operaciones. Asimismo, no registró las transacciones en el momento de
su realización; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-23.
Pliego de Observaciones.
2023-OA/CPM/107/2024-PO-21
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,154,260.31 (Un millón Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
ciento cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta pesos 31/100 M.N.), conforme a la observación primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
detallada en este resultado.” y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos
del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
(…) de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Pliego de Observaciones.
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
por consentidas las observaciones realizadas; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-22- 2023-OA/CPM/107/2024-PO-22
SOL-22.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $3,630,553.29 (Tres
millones seiscientos treinta mil quinientos cincuenta y tres pesos 29/100 M.N.), conforme a la
observación detallada en este resultado.”
(…)
20