Page 20 - Santa Maria Huatulco
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA El siguiente resultado AF-22 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
transcribe a continuación: Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del
(…) Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
“RESULTADO: AF-22 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51341-3451 SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES; se constató que la Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $327,074.87 (Trescientos veintisiete no solventado el resultado AF-22.
mil setenta y cuatro pesos 87/100 M.N.); observándose que los registros contables y presupuestarios no
se encuentran soportados con la documentación comprobatoria relativa a los Comprobantes Fiscales El siguiente resultado AF-23 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
Digitales por Internet, ni con la documentación justificativa del gasto; como se detalla en el ANEXO DAM- transcribe a continuación:
FC-19.
(…) CON OBSERVACIÓN
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 67
y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del “RESULTADO: AF-23
Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de De la revisión a las sub-subcuentas 51351-3551 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo y 51351-3571 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y
tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. HERRAMIENTAS; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidades
de $651,625.36 (Seiscientos cincuenta y un mil seiscientos veinticinco pesos 36/100 M.N.) y $1,240,297.46
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: (Un millón doscientos cuarenta mil doscientos noventa y siete pesos 46/100), respectivamente;
haciendo un importe total de $1,891,922.82 (Un millón ochocientos noventa y un mil novecientos
Pliego de Observaciones. veintidós pesos 82/100 M.N.); observándose que los registros contables y presupuestarios no se
encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto como lo es el procedimiento de
2023-OA/CPM/107/2024-PO-18 contratación en donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,
calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la solicitud de la necesidad
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la del servicio, la autorización correspondiente y las bitácoras de mantenimiento. Además, se detectó que
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $327,074.87 (Trescientos los vehículos no se encuentran registrados en el inventario de bienes muebles al 31 de diciembre de
veintisiete mil setenta y cuatro pesos 87/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este 2023 y ni en la plantilla vehicular. Así mismo, no registró las transacciones en el momento de su
resultado.” realización; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-20.
(…) Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
por consentidas las observaciones realizadas; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-19-
SOL-19. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Pliego de Observaciones.
Federación; 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120
de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la 2023-OA/CPM/107/2024-PO-19
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,891,922.82 (Un millón
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