Page 7 - Santa Maria Huatulco
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I y Solicitud de Aclaración. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero, segundo y último de la Ley de Adquisiciones, 2023-OA/CPM/107/2024-SA-01
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y Acuerdo por el que se promueven los lineamientos documentación que compruebe, justifique o aclare conforme a la observación detallada en este
dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el registro y resultado.”
control de los Inventarios de Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos inciso D.1.1.
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
concluyendo como no solventado el resultado AF-01.
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
El siguiente resultado AF-02 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02-SOL-02.
transcribe a continuación:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
(…) suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-02.
“RESULTADO: AF-02
CON OBSERVACIÓN El siguiente resultado AF-03 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
De la revisión y análisis a la documentación relativa al registro de los ingresos ministrados por la
Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se constató que ministró los siguientes (…)
conceptos:
“RESULTADO: AF-03
CONCEPTO INGRESOS SEGÚN MINISTRACIONES CON OBSERVACIÓN
RECIBIDAS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS
FONDO III FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL De la revisión al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023, se constató que dicho documento fue
MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL 44,016,937.85 autorizado según Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 15 de diciembre 2022, por el importe
(FISM-DF) total de $423,568,967.98 (Cuatrocientos veintitrés millones quinientos sesenta y ocho mil novecientos
45,519,698.98 sesenta y siete pesos 98/100 M.N.), y del análisis efectuado al Estado Analítico del Ejercicio del
FONDO IV FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS Presupuesto de Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto) del 01 de Enero al 31
MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL de Diciembre del 2023, integrado en la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2023, se detectó que la Entidad
(FORTAMUN-DF) Fiscalizable reflejó un presupuesto modificado por el importe total de $610,685,548.01 (Seiscientos diez
millones seiscientos ochenta y cinco mil quinientos cuarenta y ocho pesos 01/100 M.N.). De lo anterior,
Los recursos ministrados y pagados fueron depositados en las cuentas bancarias productivas se desprende que la variación entre el Presupuesto de Egresos Modificado en relación con el
especificas aperturadas para el ejercicio fiscal 2023. También se verificó que fueron registrados en el Presupuesto de Egresos Aprobado es de $187,116,580.03 (Ciento ochenta y siete millones ciento dieciséis
Sistema de Contabilidad que manejó el Municipio en el ejercicio fiscal 2023; detectando las mil quinientos ochenta pesos 03/100 M.N.), observándose que presentó Actas de Cabildo para la
inconsistencias como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02. aprobación de modificaciones al presupuesto de egresos de los meses de enero a diciembre de 2023,
en las que autorizaron las modificaciones realizadas al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023;
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 37, 41, 70 así como, cédulas de modificaciones presupuestales de enero a diciembre de 2023, en la que se
fracción III de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 95 fracciones II y III de la Ley Orgánica identifican las ampliaciones y reducciones al presupuesto de Egresos Aprobado. Sin embargo, no
Municipal del Estado de Oaxaca. presentó evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones, además de sus
publicaciones en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal, como se detalla
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: a continuación:
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