Page 9 - Santa Maria Huatulco
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Pliego de Observaciones.                                                                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 67     INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                                    párrafos primero, y 70 fracciones I y II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 101 párrafo
            2023-OA/CPM/107/2024-PO-02                                                                              cuarto de la Ley Federal del Trabajo.

            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
            documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $25,616,303.17 (Veinticinco
            millones seiscientos dieciséis mil trescientos tres pesos 17/100 M.N.), conforme a la observación       Pliego de Observaciones.
            detallada en este resultado.”
                                                                                                                    2023-OA/CPM/107/2024-PO-03
         (…)
                                                                                                                    Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                         documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $814,356.30 (Ochocientos
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                      catorce mil trescientos cincuenta y seis pesos 30/100 M.N.), conforme a la observación detallada en
                                                                                                                    este resultado.”
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas                                 (…)
anteriormente en cantidad de $25,616,303.17 (Veinticinco millones seiscientos dieciséis mil
trescientos tres pesos 17/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-SOL-03.                                  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                                    transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la                                  Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
Federación; 42, 43, 67 párrafos primero, y 70 fracciones I y II de la Ley General de                                documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
Contabilidad Gubernamental; y 101 párrafo cuarto de la Ley Federal del Trabajo.                                     anteriormente en cantidad de $814,356.30 (Ochocientos catorce mil trescientos cincuenta
                                                                                                                    y seis pesos 30/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04-SOL-04.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la
concluyendo como no solventado el resultado AF-04.                                                                  Federación; 42, 43, 67 párrafos primero, y 70 fracciones I y II de la Ley General de
                                                                                                                    Contabilidad Gubernamental; y 101 párrafo cuarto de la Ley Federal del Trabajo.
El siguiente resultado AF-05 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:

(…)                                                                                                                 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                    insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
“RESULTADO: AF-05  CON OBSERVACIÓN                                                                                  concluyendo como no solventado el resultado AF-05.

De la revisión a la sub-subcuenta 51131-1323 AGUINALDO O GRATIFICACIÓN FIN DE AÑO; se constató que                  El siguiente resultado AF-06 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $845,925.31 (Ochocientos                    transcribe a continuación:
cuarenta y cinco mil novecientos veinticinco pesos 31/100 M.N.), observándose la cantidad de
$814,356.30 (Ochocientos catorce mil trescientos cincuenta y seis pesos 30/100 M.N.), debido a que los              (…)
registros contables y presupuestarios, no obstante que presentó las nóminas, estas carecen de la firma
de recibido de los trabajadores. Asimismo, no presentó documentación comprobatoria relativo a los                   “RESULTADO: AF-06  CON OBSERVACIÓN
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con firma de los trabajadores, y ni documentación
justificativa del gasto como es el tabulador de sueldos y salarios, los expedientes de personal. Además,            De la revisión a las sub-subcuentas 51211-2111 MATERIAL PARA OFICINA; 51211-2161 MATERIAL, ARTÍCULOS Y
no canceló la documentación con la leyenda “operado”, identificando el nombre del fondo de                          ENSERES PARA EL ASEO, LIMPIEZA E HIGIENE y 51211-2172 UTILES DE ENSEÑANZA; se constató que la Entidad
aportaciones, programa o convenio con el que fueron financiadas; como se detalla en el ANEXO DAM-                   Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidades de $469,800.00 (Cuatrocientos sesenta y
FC-04.

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