Page 20 - Santiago Jamiltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA (…) SIN OBSERVACIÓN (…)
“RESULTADO: AF-33 La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3981 IMPUESTO SOBRE NOMINAS Y OTROS QUE SE DERIVEN DE Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
UNA RELACIÓN LABORAL; se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15-SOL-15.
partidas autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado. Asimismo, se comprobó
que la entidad fiscalizable realizó los registros presupuestales y contables específicos, identificados y Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
controlados, de las erogaciones; y que cuenta con la documentación comprobatoria y justificativa suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
original que soporta los registros en apego a la normatividad aplicable, por el importe de $434,097.00 como solventado el resultado AF-34.
(Cuatrocientos treinta y cuatro mil noventa y siete pesos 00/100 M.N.).
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación El siguiente resultado AF-35 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
alguna, respecto a este resultado.” transcribe a continuación:
(…)
Debido a lo anterior, este resultado AF-33 permanece sin observaciones. (…)
El siguiente resultado AF-34 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se “RESULTADO: AF-35 CON OBSERVACIÓN
transcribe a continuación:
De la revisión a la sub-subcuenta 52431-4431 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA; se
(…) CON OBSERVACIÓN constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $92,775.00
(Noventa y dos mil setecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.), observándose que los registros
“RESULTADO: AF-34 contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del
gasto relativa a la autorización correspondiente, tres referentes, la constancia de recepción de los
De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3991 PROGRAMAS DEL SISTEMA DE DESARROLLO INTEGRAL DE materiales adquiridos y la evidencia de recepción de la ayuda proporcionada, como se detalla en el
LA FAMILIA MUNICIPAL; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en ANEXO DAM-FC-16.
cantidad de $528,000.00 (Quinientos veintiocho mil pesos 00/100 M.N.), observándose la cantidad de
$70,400.00 (Setenta mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros contables y Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa a Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
la solicitud para el apoyo económico, la autorización correspondiente; como se detalla en el ANEXO y Responsabilidad Hacendaria.
DAM-FC-15.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 37, 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley Pliego de Observaciones.
General de Contabilidad Gubernamental.
2023-OA/CPM/124/2024-PO-18
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Pliego de Observaciones. Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
2023- OA/CPM/124/2024-PO-17 documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $92,775.00 (Noventa y
dos mil setecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la resultado.”
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $70,400.00 (Setenta mil
cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.” (…)
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