Page 17 - Santiago Jamiltepec
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El siguiente resultado AF-25 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se El siguiente resultado AF-26 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de INFORME FINAL DE AUDITORÍA
transcribe a continuación: auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
(…) (…) SIN OBSERVACIÓN
“RESULTADO: AF-25 “RESULTADO: AF-26
CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3364 OTROS SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO NO De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3393 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES NO DESCRITOS
DESCRITOS ANTERIORMENTE; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos ANTERIORMENTE; se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas
en cantidad de $323,458.07 (Trescientos veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos 07/100 autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado. Asimismo, se comprobó que la
M.N.); observándose la cantidad de $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), debido a que los entidad fiscalizable realizó los registros presupuestales y contables específicos, identificados y
registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa controlados, de las erogaciones; y que cuenta con la documentación comprobatoria y justificativa
del gasto relativa a la evidencia de los trabajos realizados referente a los entregables; como se detalla original que soporta los registros en apego a la normatividad aplicable, por el importe de $1,135,381.56
en el ANEXO DAM-FC-11. (Un millón ciento treinta y cinco mil trescientos ochenta y un pesos 56/100 M.N.).
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto alguna, respecto a este resultado.”
y Responsabilidad Hacendaria.
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: Debido a lo anterior, este resultado AF-26 permanece sin observaciones.
Pliego de Observaciones.
2023-OA/CPM/124/2024-PO-13 El siguiente resultado AF-27 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la (…) CON OBSERVACIÓN
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $30,000.00 (Treinta mil
pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.” “RESULTADO: AF-27
(…) De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3511 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES;
se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $487,885.89
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes (Cuatrocientos ochenta y siete mil ochocientos ochenta y cinco pesos 89/100 M.N.); observándose la
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: cantidad de $81,677.88 (Ochenta y un mil seiscientos setenta y siete pesos 88/100 M.N.), debido a
que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las justificativa del gasto relativa a la constancia por el servicio y la evidencia del destino final de los
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11-SOL-11. trabajos realizados, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
como solventado el resultado AF-25. y Responsabilidad Hacendaria.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
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