Page 29 - Santiago Matatlán
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Pliego de observaciones:                                                                                             observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran pagados contablemente       INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                                     en el ejercicio 2023 así como evidencia de las retenciones correspondientes; asimismo, no presentó
2023-OA/CPM/129/2024-PO-24.                                                                                          documentación comprobatoria relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, en cantidad
                                                                                                                     de $3,829,969.40 (Tres millones ochocientos veintinueve mil novecientos sesenta y nueve pesos
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                   40/100 M.N.); lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-13.
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
$81,227.20 (Ochenta y un mil doscientos veintisiete pesos 20/100 M.N.) conforme a la observación                     Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
detallada en este resultado.”                                                                                        Contabilidad Gubernamental; 29, 29-A del Código Fiscal de la Federación;94 BIS B y C de la Ley de
                                                                                                                     Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
(…)                                                                                                                  Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                       acción:

Respecto a la documentación justificativa del gasto relativa al proceso de contratación                              Solicitud de aclaración:
correspondiente y evidencia del destino de los materiales, de los trabajos realizados o de la
entrega a los beneficiarios, presentó transferencia SPEI; comprobantes fiscales digitales por                        2023-OA/CPM/129/2024-SA-05.
internet; oficio de solicitud; requisición de material; autorización de gastos; tres cotizaciones;
acta de sesión extraordinaria de cabildo; acta de acuerdos; evidencia fotográfica; los cuales                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
resultan suficientes para solventar las observaciones emitidas en cantidad de $50,000.00                             documentación que compruebe, justifique o aclare conforme a la observación detallada en este
(Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).                                                                                   resultado.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                         (…)
suficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el Resultado: AF-30.                                                                     La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                         transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
El siguiente Resultado: AF-31 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:                                                                               Respecto a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran pagados
                                                                                                         contablemente en el ejercicio 2023 así como evidencia de las retenciones correspondientes;
(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                       y documentación comprobatoria relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet;
                                                                                                         presentó información y documentación cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-13-SOL; sin
“RESULTADO: AF-31                                                                                        embargo en la impresión de factura presentada, no se logró identificar el folio fiscal digital
                                                                                                         por internet, por lo cual resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas.
De la revisión a las subcuentas 12352 EDIFICACIÓN NO HABITACIONAL EN PROCESO, 12353
CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA, PETRÓLEO, GAS, ELECTRICIDAD Y                      Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
TELECOMUNICACIONES EN PROCESO, 12354 DIVISIÓN DE TERRENOS Y CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE                     de Contabilidad Gubernamental; 29, 29-A del Código Fiscal de la Federación;94 BIS B y C
URBANIZACIÓN EN PROCESO Y 12355 CONSTRUCCIÓN DE VÍAS DE COMUNICACIÓN EN PROCESO, se                      de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca; y 186 párrafo tercero del
constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Municipio de Santiago Matatlán, Distrito de             Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Tlacolula, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $3,597,895.04 (Tres millones
quinientos noventa y siete mil ochocientos noventa y cinco pesos 04/100 M.N.), $4,386,477.44             Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
(Cuatro millones trescientos ochenta y seis mil cuatrocientos setenta y siete pesos 44/100 M.N.),        insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
$751,123.30 (Setecientos cincuenta y un mil ciento veintitrés pesos 30/100 M.N.) y $11,554,312.50 (Once  concluyendo como no solventado el Resultado: AF-31.
millones quinientos cincuenta y cuatro mil trescientos doce pesos 50/100 M.N.), respectivamente;

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