Page 8 - Santo Domingo Petapa
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Contar con la Cuenta Pública Municipal, presentó copias certificadas de la Cuenta Pública 137 párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
del Ejercicio Fiscal 2022, sin presentar la Cuenta Pública del ejercicio Fiscal 2023, en Oaxaca; 16 párrafo primero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de 12 y 16 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 63,
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca. 64, 74 y 75 de la Ley Estatal de Planeación; 48, 49, 50, 51, 52 y 65 de la Ley de Planeación,
Que los expedientes técnicos de obra se hayan integrado conforme a lo establecido en la Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales; 56 fracción I de la Ley de Obras
normatividad aplicable, presentó copias certificadas de documentos denominados Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 43 párrafo primero fracciones XV,
“Expedientes Técnicos de obra pública 2023”, los cuales se encuentran integrados de XXII, XXIII párrafo primero, XXVI, 47 párrafo primero fracción XVI, 68 párrafo primero fracciones
acuerdo con la normatividad aplicable. Sin embargo, de las Obras, Acciones y Proyectos III, IX y X, 80 párrafo primero fracción X, 95 párrafo primero fracciones VI párrafo primero y IX,
registrados en el Acta de Priorización de Obras, Acciones y Proyectos del Consejo de 123 párrafo primero, 127 párrafos primero, segundo y tercero, 128 párrafo último y 129 de la Ley
Desarrollo Social Municipal (CDSM),y de los registros de obras contenidos en los “Expedientes Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; Lineamientos para la Construcción y Diseño de
Técnicos de obra pública 2023”, la Entidad Fiscalizable no acreditó que éstas fueron Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML); Guía para la
ejecutadas durante el ejercicio fiscal en revisión, al no presentar la Cuenta Pública Municipal Elaboración del Proyecto del Presupuesto de Egresos Municipal 2023.
del ejercicio fiscal 2023, que contengan los registros correspondientes de las obras
priorizadas y ejecutadas. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
Respecto a que la Entidad Fiscalizable no presentó, total o parcialmente, la información concluyendo como no solventado el resultado AD-01.
requerida en la Orden de Auditoría Sobre el Desempeño y requerimiento de información
OA/CPM/134/2024, de fecha 20 de febrero de 2024, relativa a los puntos 1, 6, 8, 9, 10 y 11, El siguiente resultado AD-02 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
notificados mediante acta circunstanciada de fecha 27 de febrero de 2024, presentó copias transcribe a continuación:
certificadas de los Expedientes Técnicos de Obra Pública 2023 y del Expediente de Cuenta
Pública. Sin embargo, con relación a la presentación de la Cuenta Pública Municipal, punto (…)
número 1, no presentó la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023, por lo que no
corresponde al requerimiento de información; con relación a la presentación de “RESULTADO: AD-02 CON OBSERVACIÓN
Documentos de obras públicas ejecutadas en el ejercicio fiscal 2023, presentó documentos
denominados “Expedientes Técnicos de obra pública 2023”. Sin embargo, la Entidad EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO
Fiscalizable no acreditó que los expedientes técnicos de obra pública, corresponden a las
obras ejecutadas durante el ejercicio en revisión. La Entidad Fiscalizable presentó a requerimiento el Cuestionario de Evaluación de Control Interno (CCI)
sin fecha, a través de Acta Circunstanciada de Recepción de Documentación de fecha 25 de marzo
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo, 126, 134 de 2024, requisitado por el C. José Manuel Guzmán García en su carácter de Presidente Municipal del
párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 46 H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Petapa, Distrito de Juchitán, Oaxaca. Derivado del
párrafo primero fracción III, 54 párrafos primero y segundo, 60, 61 párrafo primero fracción II análisis realizado a dicho cuestionario, se determinó que el Municipio obtuvo un puntaje de 18.7 de un
incisos a), b) y c) párrafo primero, 62 párrafo primero y 63 de la Ley General de Contabilidad total de 100 puntos que conforman los valores de los 5 componentes del Control Interno relacionado
Gubernamental; 8, 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades al Marco Integrado de Control Interno establecido por el Sistema Nacional de Fiscalización, lo que ubica
Federativas y los Municipios; 71 párrafo primero fracciones I inciso b) de la Ley General de al Sistema de Control Interno de la Entidad Fiscalizable en un nivel Bajo, lo que demuestra que el Sistema
Transparencia y Acceso a la Información Pública; 24 párrafos segundo y cuarto de la Ley de requiere realizar mejoras sustanciales para continuar fortaleciendo y manteniendo el Sistema de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 113 fracción II párrafo antepenúltimo, Control Interno Institucional, como se detalla a continuación:
EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO
Rangos de Calificación Puntaje Obtenido Nivel del Sistema
de Control Interno
Desde Hasta Nivel
BAJO
0 39 BAJO
40 69 MEDIO 18.7
70 100 ALTO
6