Page 8 - Santo Domingo Tonalá
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA     amortizados, así mismo, no han sido enterados a la instancia correspondiente al cierre del ejercicio,                               del 5% al millar; por lo cual la documentación presentada resulta insuficiente para solventar
                               como se detalla a continuación:                                                                                                     las observaciones en cantidad de $121,141.65 (Ciento veintiún mil ciento cuarenta y un pesos
                                                                                                                                                                   65/100 M.N.).
                                      CUENTA                                                DESCRIPCIÓN   SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2023
                               2117             RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO PLAZO                                                 144,265.51          CUENTA                                             DESCRIPCIÓN         SALDOS AL 31 DE              SALDOS NO
                               21171            RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO PLAZO                                                  144,265.51                                                                              DICIEMBRE DE 2023            SOLVENTADOS
                               21171-02         APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III)                                                                     135,010.90    2117             RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO PLAZO
                               21171-02-25-107  RETENCIÓN 5 AL MILLAR                                                                                  95,633.61   21171            RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO PLAZO                     144,265.51                    121,141.65
                               21171-02-25-147  3% IMPUESTO SOBRE NOMINA                                                                               39,377.29   21171-02         APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III)                                          144,265.51                    121,141.65
                               21171-03         APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV)                                                                         9,254.61   21171-02-25-107  RETENCIÓN 5 AL MILLAR                                                    135,010.90                   111,887.04
                               21171-03-25-101  I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS                                                                          4,906.19  21171-02-25-147  3% IMPUESTO SOBRE NOMINA                                                   95,633.61                   95,633.61
                               21171-03-25-102  I.S.R. SOBRE HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS Y SALARIOS                                                4,348.42   21171-03         APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV)                                            39,377.29                    16,253.43
                                                                                                                                                                   21171-03-25-101  I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS                                                                         9,254.61
                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos 13 fracción VIII y 17 de la Ley de Disciplina Financiera                           21171-03-25-102  I.S.R. SOBRE HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS Y SALARIOS                    9,254.61                     4,906.19
                               de las Entidades Federativas y los Municipios; 86 fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.                                                                                                                               4,906.19                   4,348.42
                                                                                                                                                                                                                                                                4,348.42

                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos 13 fracción VIII y 17 de la Ley de Disciplina
                               acción:                                                                                                                             Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 86 fracción V de la Ley del
                                                                                                                                                                   Impuesto Sobre la Renta.
                               Solicitud de aclaración:

                               2023-OA/CPM/137/2024-SA-02.

                               Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                               documentación que compruebe, justifique o aclare, la cantidad detallada en este resultado.”                                         insuficiente la información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo como no
                                                                                                                                                                   solventado el Resultado: AF-03.
                               (…)

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                            El siguiente Resultado: AF-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                                         se transcribe a continuación:

                            Respecto a los saldos reflejados en las sub cuenta 2117 RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR                                               (…)                CON OBSERVACIÓN

                            PAGAR A CORTO PLAZO; Del Ramo 33 F-III (RETENCIÓN 5 AL MILLAR), presentó: Transferencias                                               “RESULTADO: AF-04

                            SPEI, comprobantes fiscales digitales por internet; Del Ramo 33 F-III (3% IMPUESTO SOBRE                                               De la revisión al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023 se constató que dicho documento fue
                            NOMINA), presentó: Transferencias SPEI, formatos de declaración de retención del impuesto                                              autorizado según acta de sesión extraordinaria de cabildo de fecha 01 de enero de 2023, por el importe
                            sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal en cantidad de $23,123.86                                                     total de $27,788,538.00 (Veintisiete millones setecientos ochenta y ocho mil quinientos treinta y
                            (Veintitrés mil ciento veintitrés pesos 86/100 M.N.); Del Ramo 33 F-IV (I.S.R. SOBRE SUELDOS Y                                         ocho pesos 00/100 M.N.) y del análisis efectuado al Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de
                            SALARIOS) y Del Ramo 33 F-IV (I.S.R. SOBRE HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS Y                                                          Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto) del 01 de Enero al 31 de diciembre
                            SALARIOS), presentó: oficio PM/1130/2024 de fecha 04 de octubre de 2024 por el cual                                                    del 2023, se detectó que reflejó un Presupuesto de Egresos Modificado por el importe total de
                            argumenta lo siguiente: “…los saldos reflejados en la partida 21171 RETENCIONES Y                                                      $32,915,044.82 (Treinta y dos millones novecientos quince mil cuarenta y cuatro pesos 82/100 M.N.),
                            CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO PLAZO $75,334.66 (setenta y cinco mil trescientos                                                     de lo que se desprende que la variación entre el Presupuesto de Egresos Modificado en relación con
                            treinta y cuatro pesos y sesenta y seis 66/100 m.n.) corresponden a saldos de la                                                       el Presupuesto de Egresos Aprobado es de $4,650,996.18 (Cuatro millones seiscientos cincuenta mil
                            administración 2019-2021…”; sin embargo, no presentó las declaraciones provisionales o                                                 novecientos noventa y seis pesos 18/100 M.N.), sin embargo, el H. Ayuntamiento del Municipio de
                            definitivas de impuestos federales; formatos de declaración de retención del impuesto sobre                                            Santo Domingo Tonalá, Distrito de Huajuapan, Oaxaca no presentó las actas de cabildo en las que
                            erogaciones por remuneraciones al trabajo personal y los pagos correspondientes; el entero                                             conste que se efectúo la autorización de las modificaciones realizadas al Presupuesto de Egresos del
                                                                                                                                                                   ejercicio fiscal 2023 y en las que se identifique la fuente de ingresos o la compensación con
                                                                                                                                                                   reducciones en otras previsiones de gasto, asimismo, la entidad fiscalizable no presentó evidencia de
                                                                                                                                                                   que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones al presupuesto, además, el acta de

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