Page 35 - 002 Consejo Estatal para la Prevención y Control del Sida
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A través de sus unidades de Administración                      Rangos (Pesos)                          INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022

a) Compra directa menor                                                                   Mínimo            Máximo
Con la autorización de los Sub-Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios de las Entidades y Dependencias Estatales.                                      0.01 30,000.00
a) Adjudicación directa, obteniendo como mínimo tres cotizaciones de proveedores que
se encuentren inscritos y vigentes en el Padrón de Proveedores de la Administración       30,000.01 60,000.00
Pública Estatal; con las cotizaciones obtenidas se deberá elaborar un cuadro
comparativo que permita hacer un análisis de acuerdo con los criterios establecidos en    60,000.01 320,000.00
el artículo 11 de la Ley de Adquisiciones. El cuadro comparativo deberá contar con sello
y firma del titular de la Unidad de administración para su validez.                        320,000.01       2,900,000.0
b) Invitación restringida                                                                                                  0
Con autorización del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y             2,900,000.0
Servicios del Estado de Oaxaca.                                                                          1  40,000,000.
                                                                                                                         00
a) Invitación Abierta Estatal                                                             40,000,000.
                                                                                                        01   En adelante
b) Licitación Pública Estatal

c) Licitación Pública Nacional o Internacional

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado. Los montos
mínimos y máximos establecidos en el presente artículo, no serán aplicables para las adquisiciones,
arrendamientos y servicios que se realicen de conformidad con lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley de
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e
Inmuebles del Estado de Oaxaca.”

RESULTADO: AF-08  CON OBSERVACIÓN

De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable: registros presupuestales,
contables, Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC’S), de la partida Material Médico y de Cirugía, presupuestada
y pagada con la fuente de financiamiento AEAAA0422 Asignación Ordinaria de Operación, que formó parte de
la muestra de auditoría, se observó que no cuenta con documentación comprobatoria y justificativa por un importe
de $54,140.44 (Cincuenta y cuatro mil ciento cuarenta pesos 44/100 M.N.), toda vez que no presentaron
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), comprobante de pago al proveedor, Cuenta por Liquidar
Certificada (CLC), órdenes de compra, entrada y salida de almacén, cotizaciones, y resultado final del destino de
los recursos.

Incumpliendo con lo establecido, en la siguiente normatividad:

Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”.

Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades
competentes los documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de
conformidad con los lineamientos que para tal efecto establezca el consejo.”.

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