Page 76 - 002 Consejo Estatal para la Prevención y Control del Sida
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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022             identificados del proceso, que pueden afectar el logro de metas y objetivos institucionales, y estas son ejecutadas por el
                                                                                 servidor público facultado conforme a la normatividad.”, “Se seleccionan y desarrollan actividades de control que ayudan a dar
                                                                                 respuesta y reducir los riesgos de cada proceso, considerando los controles manuales y/o automatizados con base en el uso
                                                                                 de la TIC´s.”, “Se evalúan y actualizan en los procesos las políticas, procedimientos, acciones, mecanismos e instrumentos de
                                                                                 control.”, “Existen y operan en los procesos actividades de control desarrolladas mediante el uso de las TIC´s.”, “se identifican
                                                                                 y evalúan las necesidades de utilizar TIC´s en las operaciones y etapas del proceso, considerando los recursos humanos,
                                                                                 materiales, financieros y tecnológicos que se requieren.”, “Se realizan las acciones correctivas y preventivas que contribuyen
                                                                                 a la eficiencia y eficacia de las operaciones, así como la supervisión permanente de los cinco componentes de control interno.”,
                                                                                 “Los resultados de las auditorías de instancias fiscalizadoras de cumplimiento, de riesgos, de funciones, evaluaciones y de
                                                                                 seguridad sobre Tecnologías de la Información, se utilizan para retroalimentar a cada uno de los responsables y mejorar el
                                                                                 proceso.”

                                                                                 Acuerdo por el que se emite el Modelo Estatal del Marco Integrado de Control Interno para el Sector Público del Estado
                                                                                 de Oaxaca de fecha 5 de agosto de 2017
                                                                                 Numeral 6.4 principio 4: “El titular y la Administración, son responsables de promover los medios necesarios para contratar,
                                                                                 capacitar y retener profesionales competentes”
                                                                                 Numeral 6.4 principio 5: “La Administración, debe evaluar el desempeño del control interno en la institución y hacer
                                                                                 responsables a todos los servidores públicos por sus obligaciones específicas en materia de control interno.”
                                                                                 Numeral 6.5 principio 6: “El Titular, debe formular un plan estratégico que de manera coherente y ordenada oriente los
                                                                                 esfuerzos institucionales hacia la consecución de los objetivos relativos a su mandato y las disposiciones jurídicas y normativas
                                                                                 aplicables, asegurando además que dicha planeación estratégica contempla la alineación institucional a los Planes nacionales,
                                                                                 regionales, sectoriales y todos los demás instrumentos y normativas vinculatorias que correspondan…”
                                                                                 Numeral 6.5 principio 7: “La Administración, debe identificar, analizar y responder a los riesgos asociados al cumplimiento de
                                                                                 los objetivos institucionales, así como de los procesos por los que se obtienen los ingresos y se ejerce el gasto, entre otros.”
                                                                                 Numeral 6.6 Principio 11: “La administración, debe diseñar los sistemas de información institucional y las actividades de control
                                                                                 relacionadas con dicho sistema, a fin de alcanzar los objetivos y responder a los riesgos”,
                                                                                 Numeral 6.8 principio 17: “La Administración, es responsable de que se corrijan oportunamente las deficiencias de control
                                                                                 interno detectadas.”;

                                                                                 Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Integridad para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado
                                                                                 de Oaxaca de fecha 24 de abril de 2019

                                                                                 Numeral 10: “Las servidoras y servidores públicos que, en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión o función, participen en
                                                                                 procesos en materia de control interno, generarán, obtendrán, utilizarán y comunicarán información suficiente, oportuna,
                                                                                 confiable y de calidad, apegándose a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.”

                                                                                 Reglamento Interno del Consejo Estatal para la Prevención y Control del Sida

                                                                                 Artículo 8 fracción II: “vigilar que se cumpla el objeto, los planes y el programa del COESIDA, así como la correcta operación
                                                                                 de sus áreas administrativas.”

                                                                                 Artículo 11 fracción III: “Supervisar y evaluar al personal que realiza las actividades de prevención del VIH/sida e ITS,
                                                                                 periódicamente.”

                                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Consejo Estatal para
                                                                      la Prevención y Control del Sida, justificar o aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este
                                                                      Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización
                                                                      Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre
                                                                      las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

                                                                      Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1773/2023, se notificó el día 14 de septiembre de 2023, los
                                                                      Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
                                                                      hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

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