Page 22 - 002 Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública
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f. Dirección y/o Unidad revisar del Ente Público.
 2. Personal que interviene en la auditoría;
 3. Cronograma actividades de la auditoría;
 4. Carta de planeación de la auditoría;
 5. Documentación compruebe su capacidad técnica Instalada, administrativa financiera. El Despacho presentará en hoja
 membretada de la razón social debidamente sellada firmada por representante legal, los documentos que comprueben su
 capacidad técnica y de respuesta para solventar el contrato que llegare a firmar derivado del presente procedimiento,
 debiendo de contar con lo siguiente:

       a. Relación de Contratos vigentes; y
       b. Relación de Contratos más representativos que hubiere celebrado en los últimos dos años.
 6. Escrito del Representante legal en el que manifieste bajo protesta verdad, que el Despacho se encuentra al corriente en
 el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, acompañando copia certificada de su ultimo pago provisional y que no se
 encuentra en ninguno los supuestos previstos artículo 17-H 69 B del Código Fiscal de la Federación;
 7. Escrito del Representante Legal en el que manifieste bajo protesta decir verdad, que en el caso de resultar ganador
 subcontratará ni cederá total o parcialmente el servicio adjudicado;
 8. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos del artículo 17 de la Ley de
 Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración Bienes Muebles e Inmuebles
 Estado de Oaxaca;
 9. Manifiesto por escrito de conocimiento y aceptación términos referencia y de la minuta de Junta de Aclaraciones;
 10. Descripción detallada de los informes a proporcionar como resultado de la auditoría que se practicará, los cuales
 deberán ser como mínimo los siguientes:
       a. Dictamen de Estados Financieros;
       b. Estados Financieros dictaminados con sus notas adjuntas;
       c. Informe Detallado de Auditoría;
       d. Cédula de observaciones, y
       e. Carta de recomendaciones y sugerencias.
  11. Tiempo de entrega del dictamen e Informes correspondientes.
 II. PROPUESTA ECONÓMICA
  1. Oferta económica en papel membretado del despacho conteniendo la descripción del servicio ofertado y precio;
 2. Período de validez oferta”.

 ARTÍCULO 18.- “Los despachos que tengan dudas respecto de los términos de referencia, deberán manifestarlas por
 escrito a la Contraloría a través de la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión en Obra, en el plazo señalado en los
 propios términos de referencia.
 Al día siguiente en que se cumpla el término previsto en el párrafo anterior, la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión en
 Obra, comunicará a los Despachos que participen en el procedimiento de designación, la fecha en que se aclararán las
 dudas que hayan sido presentadas en términos de este numeral”.

 ARTÍCULO 19.- “Los Despachos presentarán su propuesta de servicios en la fecha que se indique en el oficio de Invitación.
 La Contraloría a través de la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión en Obra elaborará el acta en la que se haga constar
 la apertura de propuestas presentadas, y contendrá lo siguiente:
 I. Fecha y lugar de la presentación y apertura de la propuesta técnica y económica;
II. Número del procedimiento de designación que corresponda; y
III. Propuesta de servicios susceptibles de análisis y el costo propuesto por cada Despacho, así como las propuestas que

    no fueron aceptadas, señalando las causas que motivaron su rechazo.

 ARTÍCULO 20.- “En el caso de que sólo una propuesta de servicios cumpla con los requisitos establecidos en los términos
 de referencia del procedimiento de designación, se podrá continuar con el procedimiento correspondiente”.

 ARTÍCULO 21.- “La evaluación de las propuestas de servicios se realizará por la Contraloría a través de un Grupo Revisor,
 quien será la instancia encargada de evaluar las propuestas técnicas y económicas de los Despachos que llevarán a cabo
 los trabajos de auditoría externa a los Entes Públicos”.

 ARTÍCULO 23.- “La evaluación de las propuestas de servicios se realizará de conformidad con los criterios
 establecidos en los términos de referencia y considerará lo siguiente:

    a) La conformación del equipo de trabajo con el que el Despacho prestaría los servicios de Auditoría Externa;
    b) La experiencia profesional del Despacho y de sus integrantes;

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