Page 24 - 002 Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública
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ARTÍCULO 33.- “La Contraloría a través de la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión en Obra, una vez que conozca el
resultado de los trabajos de Auditoría procederá a notificarlo al Ente Público mediante la elaboración del acta
correspondiente, a efecto de y que ésta se comprometa a solventar las observaciones en los plazos que se determinen. El
incumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo dará lugar a la aplicación de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca”.
ARTÍCULO 34.- “La Contraloría a través de la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión en Obra, emitirá el o los informes
de seguimiento sobre el estado que guarden las observaciones en los plazos que ésta determine.
La Contraloría en el ejercicio de sus atribuciones, realizará el seguimiento de las observaciones directamente ante el Ente
Público, hasta su total solventación determinará en su caso las posibles responsabilidades administrativas y/o las
resarcitorias a que hubiere lugar en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios de Oaxaca. La Contraloría emitirá el Informe final sobre las observaciones practicadas por los Despachos de
Auditores Externos.
El seguimiento de las observaciones hasta su total solventación ante el Ente Público, podrá realizarse por el Despacho de
Auditores Externos según se convenga en el Contrato, observando las disposiciones contenidas en este Acuerdo, sin
perjuicio de que la Contraloría Intervenga en el seguimiento y evaluación de las mismas”.
ARTÍCULO 35.- “Con el objeto de determinar la continuidad del Despacho de Auditores Externos a quien se le designó
para la práctica de la auditoría del Ente Público de que se trate, la Contraloría deberá evaluar el desempeño del Despacho,
para lo cual se asegurará que la calidad de su trabajo sea acorde tanto con las Normas de Auditoría Gubernamental
vigentes, como en los términos de referencia pactados en el contrato.
En caso de que la evaluación no sea favorable, al desempeño del Despacho de Auditores Externos, se dictaminará sobre
la procedencia o no, de su permanencia en el padrón”.
Contrato GEO/SCTG/DA/CAEASEO/AD-002/2022 de fecha 13 de abril de 2022.
Cláusula SEGUNDA. Monto y forma de pago, párrafo noveno. – “Dentro del concepto de cada factura deberá contener
“Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental”.
Anexo 1 del Contrato GEO/SCTG/DA/CAEASEO/AD-002/2022 de fecha 13 de abril de 2022.
Numeral 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, párrafo tercero último punto. - “Para el inicio de la auditoría, el despacho
entregará en hoja membretada la siguiente información:
• Notificación del inicio de la auditoría”.
Anexo 1 del Contrato GEO/SCTG/SUB/IR-04/2022 de fecha 10 de marzo de 2022.
Numeral 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, párrafo tercero. - “Para el inicio de la auditoría, el despacho entregará en
hoja membretada la siguiente información:
• Nombre de los auditores que desempeñaran el servicio.
• Actividades a desarrollar conforme se detalla en los siguientes párrafos.
• Tiempo de desarrollo de la auditoría.
• Nombre del jefe inmediato del equipo de auditoría.
• Notificación del inicio de la auditoría”.
Numeral 4. ENTREGABLES
N° Descripción Cantidad Fecha de Entrega Responsable de Validar Lugar de Entrega
el Entregable
Hoja de identificación 1 Al siguiente día hábil de la Instalaciones de la
1 formalización del contrato Director de Auditoría B de Subsecretaría de Auditoría
A los 5 días hábiles de la la Subsecretario de
del despacho auditor formalización del contrato. y Supervisión en Obra
Auditoría y Supervisión en ubicada en el Edificio 2
2 Informe general 1 A los 10 días hábiles de la Obra, perteneciente a la
formalización del contrato. nivel 1 de Ciudad
Primer reporte Secretaría de la Administrativa “Benemérito
4 reportes de Contraloría y de las Américas”, Carretera
3 técnico de las 4
verificación
obras supervisadas
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